Condenan a 15 años y un día de cárcel a hombre que violó a adolescente en Angol

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Autor: Cooperativa.cl

El hecho ocurrió en abril del año pasado cuando la joven de 15 años se dirigía a su hogar.

 ATON (Archivo)

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó a un hombre a la pena de 15 años y 1 día de presidio efectivo por el delito de sustracción de menor de 18 años con violación, crimen que cometió en abril del 2019.

Según la resolución, Daniel Valdebenito abordó a la víctima, una adolescente de 15 años, cuando caminaba rumbo a su casa por la calle Lautaro y la amenazó con un objeto cortopunzante. "Camina o te mato", dijo el ahora condenado. 

"Privándola de su libertad ambulatoria, reteniéndola en el sector del balneario 'La Peta', en los alrededores del río Picoiquén y en las inmediaciones de la parcela Bellavista de la comuna de Angol, por un período de aproximadamente 14 horas, en el cual abusó sexualmente", detalló el tribunal al narrar los hechos acreditados. 

Luego del ultraje, el victimario permitió a la menor huir del lugar, siendo encontrada de madrugada por familiares y personal de Carabineros con lesiones producto del ataque. 

De acuerdo al Poder Judicial, ese mismo día, más temprano, Valdebenito abordó a otra mujer, a la que amenazó con un cuchillo mientras ingresaba a su automóvil, pero huyó del lugar luego que la víctima gritara. 

La resolución se adoptó con el voto en contra de la magistrada Solange Sufán - a favor estuvieron Alfredo Cox y Karina Rubio-, quien consideró que el hombre sólo debió ser condenado por el delito de violación y absuelto de la sustracción puesto "que toda la actividad desplegada por el acusado, constituyó sólo el modo necesario y preparatorio para que pudiera prevalerse de un escenario propicio a sus intenciones de agredir sexualmente a la víctima, sin entorpecimiento alguno".

El victimario recibió además las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. A lo que se sumó "la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; a la sujeción y vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta temporal por 10 años para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad".

Junto con ello, se le condenó al pago de dos multas de una UTM, como autor del delito falta de amenazas y violación de morada ,esto último porque el sujeto ingresó al hogar de una persona cuando se encontraba sin moradores y, luego, al ser sorprendido abandonó el lugar.