RN presenta reforma a Ley Antiterrorista: Fiscal de La Araucanía dice que norma actual tiene un "gran vacío"

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Autor: Cooperativa.cl

La iniciativa puntualiza los delitos que serán considerados como "terroristas", como también establece aspectos procesales, con medidas y diligencias especiales de investigación.

"Si el Presidente cree que hay terrorismo, pero que la ley no es eficaz, lo que debe hacer es modificar la ley y no renunciar a una herramienta", dijo el diputado Andrés Longton.

Por su parte, el fiscal regional de La Araucanía, Roberto Garrido, dijo que "desde el punto de vista de la norma es muy difícil de acreditar".

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De acuerdo a la iniciativa de RN, no se requiere probar la intención del imputado y que, de cometer actos que afecten a una multitud, será calificado inmediatamente como un acto terrorista.

La bancada de diputados de Renovación Nacional (RN) presentó una reforma para sustituir la actual Ley Antiterrorista, luego de que el Presidente Gabriel Boric indicara que esta normativa no es parte de la agenda del Gobierno, argumentando que ésta "ha tenido pésimos resultados tanto para las víctimas como para el Estado", y que actualmente están trabajando en la ley contra el crimen organizado.

Las y los parlamentarios de RN redactaron un proyecto que establece aspectos procesales, con medidas y diligencias especiales de investigación, como también hace una definición de delitos que serán considerados como "terroristas", consignó El Mercurio, ya que a juicio de la bancada la norma vigente "enfrenta dificultades para convertirse en una legislación útil", ya que la legislación "exige comprobar fehacientemente la intencionalidad" de quien comete los hechos. 

Entre los delitos que serán considerados como "terroristas" están el secuestro, homicidio, lesiones, tortura, incendio, aquellos contemplados en la Ley de Control de Armas y delitos informáticos, sólo si éstos son cometidos con la finalidad de "socavar o destruir el orden institucional democrático; imponer exigencias o arrancar desiciones a la autoridad (...); alterar el orden público o provocar temor" en la población. 

De acuerdo a la iniciativa de RN, no se requiere probar la intención del imputado y que, de cometer actos que afecten a una multitud, será calificado inmediatamente como un acto terrorista.

El jefe de bancada de RN, Andrés Longton, explicó que "si el Presidente cree que hay terrorismo, pero que la ley no es eficaz, lo que debe hacer es modificar la ley y no renunciar a una herramienta que tienen todas las democracias modernas y que sirve para proteger valores esenciales de la vida en sociedad. Por ello, presentamos este proyecto que, con elementos nuevos, recoge iniciativas que han sido objeto de debate legislativo en el pasado y derecho comparado".

"Seguimos en la idea de aportar -continuó- y no solo criticar, aunque a menudo no encontremos respuestas en un Gobierno extremadamente ideologizado y que se esmera en darle el gusto a Apruebo Dignidad en desmedro de los chilenos". 

La iniciativa también contempla los delitos como el atentado contra autoridades electas, colocación de artefactos explosivos con el objeto de dañar a un grupo de personas, incitación a realizar actos terroristas y el adoctrinamiento. 

FISCAL: LEY ANTITERRORISTA NO TIENE "HERRAMIENTAS INVESTIGATIVAS ADECUADAS"

El fiscal regional de La Araucanía, Roberto Garrido, sostuvo en La Tercera que "es una ley que hemos aplicado de manera muy excepcional, donde la única vez que la invocamos fue en 2018 (en el juicio), a propósito del caso Luchsinger Mackay, y anteriormente a eso la invocamos en el año 2012", explicando que establece "requisitos o elementos de carácter subjetivos de muy difícil prueba, como el (propósito de) generar temor en la población, temor de ser víctima de delitos de esta clase".

"Desde el punto de vista de la norma es muy difícil de acreditar, pero además, no establece herramientas investigativas adecuadas. Ese es el gran vacío", puntualizó.

Al ser consultado de por qué es tan difícil llegar a un condena, comentó que "esta ley no establece un delito que en sí mismo sea de carácter terrorista, sino que califica de terrorista delitos comunes, a partir de la posición del sujeto activo (el agente) y para hacer esa calificación se parte de la base de cuál es la intención -es decir, el elemento subjetivo- del individuo. Eso es muy difícil de demostrar".

Sobre qué cambios requeriría esta ley, el persecutor acotó que "es necesario dotarla de una revisión concreta para establecer tipos penales más claros, con una descripción mucho más específica de la conducta", agregando que hay que "modernizarla en relación con las herramientas investigativas y establecer mecanismos de protección para los denunciantes, para las víctimas y los testigos que aseguren la objetividad en la obtención de la información".