TC dio luz verde a la Ley de Reconstrucción pero tumbó normas clave

Publicado:
- Periodista Radio: Mariano Reyes
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Cooperativa.cl

La sentencia deja la normativa formalmente lista para su promulgación por parte del Poder Ejecutivo, aunque no con todos los alcances contemplados en el diseño de La Moneda.

Entre las disposiciones eliminadas figura la facultad de exigir indemnizaciones ante la justicia por proyectos de inversión afectados por resoluciones de calificación ambiental anuladas.

Además, la sede jurisdiccional vetó las condiciones impuestas a los gobiernos comunales por considerarlas "incompatibles con el carácter solidario del sistema municipal".

Tras dos meses de revisión judicial luego de ser despachada por el Congreso, el Tribunal Constitucional (TC) dejó este viernes lista para su promulgación la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, pero asestó un revés al Gobierno al desestimar tres artículos determinantes.

En detalle, se anularon las indemnizaciones a empresas frente a resoluciones ambientales revocadas, descartó la exigencia a las municipalidades de reducir en al menos 30% los tiempos de trámites para acceder a compensaciones fiscales por la exención de contribuciones, y eliminó la facultad que permitía a los municipios más ricos retener ingresos sin derivarlos al Fondo Común Municipal.

El pronunciamiento del tribunal marca el cierre del control preventivo de la ley y define el marco legal bajo el cual entrará en vigor, dejando fuera del ordenamiento varios de los puntos que habían generado mayor resistencia técnica y política.

Fin de las indemnizaciones por permisos ambientales anulados

La primera traba eliminada por el TC correspondía al artículo número 12 del proyecto, el cual facultaba a las empresas a recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago para reclamar montos de indemnización cuando una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) fuese anulada.

Gran parte de este mecanismo ya había perdido viabilidad jurídica tras los requerimientos ingresados previamente por sectores de la oposición.

Desde el Ministerio de Hacienda explicaron que lo que aún subsistía de dicha disposición terminó por ser desestimado por el tribunal, cerrando la vía indemnizatoria prevista en este cuerpo legal.

Freno a exigencias administrativas y resguardo al Fondo Común Municipal

Las objeciones de mayor impacto se concentraron en las compensaciones a los gobiernos locales a raíz de la merma en la recaudación por la exención de contribuciones.

El artículo 32 del proyecto buscaba condicionar la entrega de dichos recursos fiscales a que las administraciones municipales agilizaran sus gestiones internas, imponiendo una rebaja obligatoria de al menos 30% en los tiempos de tramitación de permisos.

Frente a esta fórmula, el Tribunal Constitucional determinó que tales condiciones resultaban "incompatibles con el carácter solidario del sistema municipal y del Fondo Común Municipal", invalidando la exigencia administrativa.

Asimismo, la magistratura constitucional frenó un beneficio transitorio que favorecía directamente a las comunas de más altos ingresos del país. La disposición, contenida en el inciso sexto del artículo 17 transitorio, facultaba a determinados municipios a retener caudales sin aportarlos al Fondo Común Municipal durante el 2027 y 2028.

Al revisar este mecanismo, el TC concluyó taxativamente que la excepción "vulneraba el principio constitucional de redistribución solidaria", por lo que fue excluida en su totalidad de la versión final de la ley.

La Moneda alista la fecha para la promulgación

Con la resolución notificada, el balance general evidencia que la ley quedó en condiciones de entrar en régimen sin los incentivos indemnizatorios a proyectos de inversión ni las modificaciones al sistema solidario de financiamiento comunal que pretendía el Ejecutivo.

En el Palacio de La Moneda ya se analiza el contenido del fallo y se trabaja en la fijación del cronograma oficial para la firma y promulgación definitiva de la nueva Ley de Reconstrucción.