Dirección del Trabajo aclaró casos en que se puede despedir apelando a la "fuerza mayor"
La ley faculta a las empresas a caducar contratos al verse afectadas gravemente por imprevistos como el terremoto.
El organismo dijo estar "monitoreando activamente" la aplicación de esta facultad excepcional.
A través de un comunicado, la Dirección del Trabajo emitió una declaración destinada a aclarar los casos en los que las empresas pueden hacer despidos recurriendo al artículo 159 Nº6 del Código del Trabajo, relativo a los casos "fortuitos o de fuerza mayor", a propósito de las consecuencias del terremoto del pasado 27 de febrero.
El texto firmada por Pedro Julio, director subrogante del Trabajo, sostiene que "para la aplicación estricta de la causal de terminación del contrato de trabajo caso fortuito o fuerza mayor con ocasión del terremoto deben reunirse copulativamente los siguientes requisitos:
- Que los daños ocurridos en las instalaciones de la empresa se deban causalmente a la ocurrencia del terremoto.
- Que el empleador que invoque esta causal no puede haber contribuido al acaecimiento del mismo y/o a sus efectos lesivos.
- Que el terremoto no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes.
- Que el terremoto y sus efectos directos sean irresistibles, esto es que suponga la nula posibilidad de mantener el puesto de trabajo de los trabajadores y, por ende, de cumplir con las obligaciones contractuales de la parte empleadora.
"La exigencia más elemental impone que los daños causados deriven del sismo, pues, de lo contrario, se podría llegar al absurdo que se pudiere despedir utilizando la causal caso fortuito o fuerza mayor por un empleador cuya actividad empresarial se desarrolla en una zona geográfica no alcanzada por el sismo o que, habiéndolo sido, no generó, en las instalaciones específicas, efectos dañinos en su construcción", advierte el texto, que puede leerse completo en el sitio web del organismo, que dijo estar "monitoreando activamente la aplicación" de esta facultad excepcional.
![]() |
| La destrucción provocada por el sismo ha imposibilitado el desarrollo normal de las actividades productivas en ciertas zonas. (Foto: UPI) |
Este es un espacio de libertad, por lo que solicitamos que no lo desaproveches. Contamos con que las opiniones se remitan al contenido de los artículos y no a insultos, ataques personales, comentarios discriminatorios o spam.
Por lo mismo, en honor a la legibilidad y buen funcionamiento de este canal de expresión, todos los textos pasarán previamente por un filtro. No haremos ediciones ni correcciones, sólo quedarán sin publicar los que no cumplan con lo solicitado en el párrafo anterior.
jose miguel
santiago
Mauricio
Concepción
o cuando el trabajador tiene que pagar algo y queda sin casa, le perdonan la deuda?
Roy
Antofa
Todo aquel empleador que quiere reconstruir su empresa debería seguir contando con sus colaboradores, quienes son los más intersados en sacar adelante su trabajo... su país.
Paula
Talca
ricardo
chile
Pero son mas los que se aprovechan, ganan plata y no invierten para mejorar su Infraestructura y no "Caiga al suelo" porque en ese caso "todas" estarian en quiebra..
Tosopa
Santiago
Somos un pais de idiotas, los empresarios estan muertos de la risa, eligen al mas reresentivo del mundo empresarial, un especulador y oportunista.
Ruben
Santiago
valdiviano
Valdivia
HECTOR
LOS ANDES
Rodrigo
Thunder Bay Ontario
Vea más en las siguientes páginas:
Síguenos
Especiales
Podcast
Las principales informaciones del día con las entrevistas a los protagonistas de la noticia.
El resumen de todas las informaciones de la jornada y todo lo que necesita saber antes de llegar a casa.









Meneame
Facebook
Del.icio.us
Technorati
Twitter
País
