29/09/2009
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La discusión de la ley de Propiedad Intelectual seguirá en comisión mixta

El proyecto fue aprobado en general en la Cámara Baja, pero hay reparos al artículo 85.

Para Claudio Ruiz, de la ONG Derechos Digitales, esta nueva ley "equilibra" los derechos de autor.

Gabriel Esteffan C.  
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No toda la ley logró consenso en la Cámara Baja.

Este martes, y después de varios meses, la Cámara Baja aprobó en general el proyecto de ley de propiedad intelectual, aunque acordaron analizar el artículo 85, que aún genera dudas.

"La nueva ley contendrá nuevas excepciones para bibliotecas, que autorizan el funcionamiento de bibliotecas para ciegos y excepciones como los usos justos. Este cuerpo de excepciones hoy no existe", dijo Claudio Ruiz, de la ONG Derechos Digitales, a Cooperativa.cl.

Para el abogado, el objetivo de esta ley es "equilibrar un sistema profundamente desequilibrado de derechos de autor que sólo protege los derechos de titulares, en detrimento del público. Ahora, tendremos un sistema legal que garantice acceso y no criminalice".

"El establecimiento de un sistema de excepciones, hará que un montón de utilizaciones de obras que hoy parecen ser de sentido común sigan siendo consideradas ilícitos, como la utilización incidentales de obras protegidas con fines de crítica o enseñanza sin fines de lucro", agregó.

El artículo 85 pasará a una comisión mixta, que analizará varias de sus letras, para evitar malos entendidos. Esto no tendrá repercusiones en los usos justos. A continuación veremos cuáles son los puntos conflictivos, alusivos a las descargas de archivos, y que no fueron aprobados.

Artículo 85 letra O: Los prestadores de servicios (ISP) que a petición de un usuario almacenan datos en sistema, o que efectúan servicios de búsqueda, vinculación y/o referencia a un sitio en línea, no serán considerados responsables de los datos almacenados o referidos a condición que el prestador:

Artículo 85 Q. Los prestadores de servicios no tendrán la obligación de supervisar los datos que transmitan, almacenen o referencien ni la obligación de realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas.

 

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Los puntos relativos a la descarga de archivos son los más polémicos.

Artículo 85 T Los titulares de derechos o sus representantes legales podrán requerir, por intermedio del tribunal competente, que el prestador de servicios respectivo entregue toda la información que posea que permita identificar al supuesto infractor.

Artículo 85 U. El que proporcione información falsa relativa a supuestas infracciones a los derechos reconocidos en esta ley, deberá indemnizar los daños causados a cualquier parte interesada, si estos daños son resultado de acciones que el ISP tome en base a dicha información.

El prestador de servicio que voluntariamente o ante un requerimiento, de buena fe, retira, inhabilita o bloquea el acceso a material, basándose en una infracción aparente o presunta, estará exento de responsabilidad ante cualquier reclamo por esas acciones.

 
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Total opiniones: 18
Página actual: 1 / 2
03/10/2009 - 16:34:38  
Los politicos en chile son unos "VENDIDOS", no piensan en el pueblo, pero aun asi hay un pequeño error en esa ley que permitira anular los derechos, y esta en la constitucion, para buscar si pirateas, deben ver lo que haces, o sea, no tienes mas privacidad en la red, y si sabes cifrar tu conexion a internet (si se) no pueden rastrearte

Gustavo Ovalle
Un ciudadano con conocimientos de auditoria de redes

Gustavo Ovalle
Valdivia, Chile
30/09/2009 - 11:59:41  
a ver, aclaremos:
1. antes de que se aprobara esta ley, usted era delincuente por: hacer una cita de más de 10 líneas, hacer una parodia sin pedir permiso al dueño del copyright, las bibliotecas no podían digitalizar un libro en malas condiciones si no tenían el permiso de los dueños de derecho de autor, etc.
2. POR PRIMERA VEZ EN CHILE, CON ESTA LEY SE PUEDE HACER ESO SIN SER DELINCUENTES!
3. el artículo 85, que es el que habla de las responsabilidades de las ISP, se van a revisión. LO QUE ES BUENO, como incluso lo ha calificado el mismo diputado Arenas!
No veo por qué hay gente que opina que esta es una mala ley. A mi juicio, por raro que parezca, los diputados han hecho un buen trabajo.

Ojo, la discusión de la ley de propiedad intelectual lleva 2 años. Consultar a todas las organizaciones cívicas que han participado por hacer una ley de PI más equilibrada, antes de agarrase de una última polémica -ya superada- para opinar.

Luis Avendaño
Chile
30/09/2009 - 00:48:18  
Como ciudadanos ¿podemos apelar al CDE por esta ley?

Mario
Santiago
29/09/2009 - 22:04:46  
Una verdadera verguenza esto que nos hacen, seguir lucrando a los ricos ahora con uno de los pocos medios que tenemos para poder obtener lo que ellos ya tienen......como siempre, nosotros somos los unicos cagados con estas leyes de $%&....seguiremos haciendo ricos a los proveedores de la net, recordemos que estos que votaron a favor de esta ley, son unas simples marionetas de ellos que si realmente tienen el poder.
estas wbds son puras conspiraciones....los perjudicados que somos nosotros, nunca nos uniremos como deveria ser para evitar cosas como estas!!.

ariel
Shile
29/09/2009 - 21:02:40  
y yo me pregunto,
Donde esta esa, palabra, caballo de batalla que a todos los "representantes de la ciudadania" le encanta usar dia y noche y que tanto han supuestamente "luchado" por obtener.
DEMOCRACIA

Perdon se me olvidaba que estamos en una etapa de "transicion"
(DESPUES DE 20 ANOS)


Nicolas
Chile
29/09/2009 - 20:52:33  
segun la pagina de la camara de diputados el proyecto fue aprobado por 87 votos a favor y una abstencion.
tambien se indica que se rechazaron las modificaciones hechas por el senado y que serian los puntos controvertidos.
No cuesta nada a cooperativa y en general a los medios publicar los link de las camaras para que los ciudadanos y no ciudadanos segun nuestra const. se informen

luis
calama
29/09/2009 - 20:31:10  
Que tire la primera piedra el que este libre de pecado!!!!
Ustedes creen que todos los diputados y senadores tienen SO original? creen que usan un antivirus original? creen que no han visto un estreno antes que llegue a los cines del pais? creen que sus hijos no se meten a alguna pagina y bajan musica? creen que los vehiculos modernos no traen porta cd aptos para escuchar MP3??
Yo bajo musica de internet, la escucho, no la vendo y la comparto... lo mismo hago con las peliculas... tengo cd originales y tambien los e compartido pasandolos a mp3... e gastado de mi dinero para comprar un disco original, y lo e compartido... sin fines de lucro...
Esta ley va a dejar la grande... acuerdence nomas... pero bueno... es la historia de la humanidad... el hombre es reprimido y este se libera... esto va a ocurrir siempre...
adios.
pd: en el chv ayer en la noche estuvo el cabro del portalnet, la verdad que fue cero aporte...

Andres
Chile
29/09/2009 - 19:16:09  
Uno de los pocos espacios de libertad que le va quedando al hombre en el planeta, es coartado por la clase política, en beneficio de los priviligiados de siempre, los poderosos adinerados que pueden acceder a lo que deseen por el poder del vil metal. Ojalá que los honorables congresistas cuando estén en campaña propaguen que su voto fue favorable, para algo que la mayoría de los usuarios de la red rechaza. Si ello fue legítimo y a favor de la gran mayoría de la población, como debera de ser toda ley, nada deben temer.

Ian
chile
29/09/2009 - 18:53:20  
Pixon .... el problema no es el alto precio de los juegos, libros, etc ... por ej el precio de los juegos es relativamente parecido con el precio europeo .... el problema es el bajo sueldo Chileno, por eso optamos por la pirateria, mientras las cosas no esten al alcance del bolsillo nunca se solucionara este problema de comprar cosas piratas o simplemente conseguirlas por internet.

Herman Alexis Melo Navarro
NeDix!
Concon Chile

cisen01
Concon, Chile
29/09/2009 - 18:36:49  
Artículo 71 O. No se considera comunicación ni ejecución pública de la obra, inclusive tratándose de fonogramas, su utilización dentro del núcleo familiar, en establecimientos educacionales, de beneficencia, bibliotecas, archivos y museos, siempre que esta utilización se efectúe sin interés comercial. En estos casos no se requerirá remunerar al autor, ni obtener su autorización.

¿Si esto fuera así, porqué me prohibirían la bajada de archivos de música si el consumo personal no tiene interés comercial?

Francisco javier Larraín Sánchez
Santiago, Chile
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