Diputados proponen que beneficiarios de cotizantes fallecidos reciban totalidad de la pensión

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

No existe "justificación válida para que las pensiones de sobrevivencia de los beneficiarios estén constituidas por porcentajes tan bajos", sostienen parlamentarios.

Diputados proponen que beneficiarios de cotizantes fallecidos reciban totalidad de la pensión
 UNO

Actualmente los montos entregados por las AFP llegan al 60 por ciento.

Llévatelo:

Los diputados ratificaron el proyecto que solicita a la Presidenta de la República el envío de una iniciativa de ley que aumente los porcentajes establecidos para la pensión de sobrevivencia que reciben los beneficiarios del afiliado fallecido.

El texto fue presentado por los diputados socialistas Denise Pascal, Daniel Melo, Leonardo Soto, Maya Fernández, Luis Rocafull, Christian Urízar y Clemira Pacheco, más el independiente Roberto Poblete, el DC Juan Enrique Morano, y el RN René Manuel García.

El proyecto propone que siendo uno o más los beneficiarios, la pensión de beneficencia alcance siempre el ciento por ciento del monto de referencia del cotizante, sin importar el número de beneficiarios, ya que actualmente se entregan distintos porcentajes según el parentezco con la persona fallecida.

"No existe a nuestro juicio una justificación válida para que las pensiones de sobrevivencia de los beneficiarios estén constituidas por porcentajes tan bajos de la pensión de referencia del causante", expresaron los legisladores que presentaron esta iniciativa.

Los legisladores agregan que lo único que se logra es que las AFP "puedan retener mayores montos en las cuentas individuales de capitalización de los afiliados fallecidos para seguir invirtiendo y generando utilidades que de ninguna manera se traducen en beneficios para los usuarios del sistema, sino que sólo en ganancias para el rubro".

En ese sentido, los diputados plantean que una buena solución sería entregar la totalidad de la pensión de sobrevivencia al cónyuge, la madre o el padre de hijos de filiación no matrimonial reconocidos por el causante y que si además son beneficiarios los hijos, proponen que se distribuya a prorrata el beneficio, hasta alcanzar el cien por ciento.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter