Este martes continuó la audiencia para analizar el sobreseimiento solicitado por las defensas de cuatro de los imputados del caso tsunami en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
Las defensas del ex jefe de Oceanografía del SHOA, Andrés Enríquez, y del ex jefe del centro de Alerta Temprana de la Onemi, Johaziel Jamett, centraron sus argumentos en que no existen las pruebas necesarias por parte de la fiscalía para demostrar la responsabilidad como autores de cuasidelito de homicidio de 133 personas durante la madrugada del 27-F.
La abogada Paula Vial, representante de Enríquez, sostuvo en la audiencia que cambiar la justificación de negligencia a imprudencia temeraria para su defendido, no corresponden a los hechos normalmente. Centró sus alegatos señalando que el Ministerio Público ha actuado, a su juicio, de forma arbitraria.
"El Ministerio Público tiene la obligación de probar que hay una diferencia en la conducta original que atribuye a un determinado nivel de negligencia, versus la otra que tiene un menor grado de negligencia. Si dice que es la misma conducta, obviamente está forzando la norma", explicó.
Vial añadió que "lo que ocurre es que como no les alcanzaba la formalización anterior, porque no puede probar que hay infracción de reglamento, necesita irse a otra norma en donde no sea necesario esa infracción de reglamento. Esa otra norma requiere un nivel de imprudencia mucho mayor que la que en realidad podría haber desplegado".
Por su parte, la defensa de Jamett, abogado Carlos Pérez, señaló que a él no le correspondía haber decretado la alerta de tsunami, ya que en el Sistema de Protección Civil eso está tipificado que lo hagan las autoridades locales, en este caso, la capitanía de puerto o caleta de pescadores.
"Johaziel Jamett no ha incumplió ningún reglamento. En ese sentido, no se puede configurar ningún delito, menos el del 493 del Código Penal", dijo.
Indicó que "esto se refiere a que él actuó de acuerdo a las normas que le impone su calidad de empleado público. Si se hubiera salido, no habría incumplido con la ley. La verdad es que el Plan de Protección Civil dice que quienes deben dar la alarma son las autoridades locales, no las nacionales".