Minera Escondida busca revertir millonaria multa aplicada por la SMA

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Son cerca de 7.600 millones de pesos los que debe pagar la compañía por un presunto incumplimiento de permiso ambiental.

"No hay una prueba concreta que demuestre que se haya provocado la superación del umbral máximo del acuífero", afirmó su defensa.

Minera Escondida busca revertir millonaria multa aplicada por la SMA
 Cedida

La audiencia de alegatos se realizó el pasado jueves en Antofagasta.

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Una multa de 10.000 UTA (Unidad Tributaria Anual), que equivale a más de 7.600 millones de pesos, es la que busca revertir Minera Escondida con la reclamación ingresada ante el Primer Tribunal Ambiental, cuya audiencia de alegatos se realizó el pasado jueves en Antofagasta.

La sanción, aplicada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), trata sobre extracción de agua del acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, lo que configuró el incumplimiento de su permiso ambiental.

En la audiencia, Patricio Leyton, abogado de la minera, aseguró que "se ha sancionado a Escondida con la sanción más grave que establece el ordenamiento jurídico: daño ambiental irreparable (...) solo en base en interpretaciones y no hechos".

Según el jurista, no hay una prueba concreta que demuestre que la compañía haya provocado la superación del umbral máximo del acuífero, ya que se determinó sobre la base de mediciones en sectores distintos a las Vegas de Tilopozo, lugar donde -de acuerdo con la minera- debieron haberse realizado las mediciones.

Sin embargo, estos argumentos fueron rebatidos por la abogada de la SMA Katharina Buschmann, quien explicó que la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto minero no indica que el nivel freático deba medirse en las vegas, sino en el sector de Tilopozo y abundó su argumento al recalcar que ni siquiera la minera instaló un pozo para realizar mediciones.

La abogada también planteó ciertas interrogantes y señaló que "(la minera) pretende sostener que simplemente cumplió midiendo, mediante una predicción, el flujo pasante. Esta interpretación es inadmisible", afirmó.

SANCIÓN

La sanción impuesta por la SMA tiene relación con el impacto producido por la minera sobre las aguas subterráneas y la constatación de la reducción del nivel freático mayor a 25 centímetros en el sector de Tilopozo, lo que fue categorizado como una infracción gravísima.

Respecto a la multa, la abogada Buschmann aclaró que solo se pudo sancionar por una mínima parte del beneficio económico que se obtuvo por no haber aplicado el Plan de Alerta Temprana, no haber cesado las extracciones y haber incumplido la RCA.

"El beneficio económico fue cuantificado en aproximadamente un millón 50 mil UTA y el tope es de 10 mil UTA. Todo lo demás ha sido un enriquecimiento ilegal contrario a la normativa ambiental que lo rige", acotó.

Lo anterior, de acuerdo con los antecedentes entregados por la SMA, implica específicamente que legalmente 1.044.266 UTA que componen el beneficio económico no pudieron ser incorporados en la multa final.

DAÑO AMBIENTAL

La abogada Buschmann hizo hincapié en que la minera no ejecutó la medida de mitigación de limitar la extracción de agua, sino que continuó extrayendo, lo que provocó un daño ambiental a las vegas de Tilopozo.

La profesional explicó que todas las extracciones por sobre los 25 centímetros fueron ilícitas, ya que no están amparadas por el permiso ambiental obtenido por la minera.

Otro de los argumentos dados a conocer por la SMA tiene relación al descenso que se observa en todos los pozos de medición del acuífero y mencionó que "Minera Escondida ha sostenido que la afectación del acuífero estaría amparada por su RCA, lo que olvida es que tenía una obligación de cesar las extracciones".

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