SII amplió querella por delito tributario contra fundadores y representantes del Grupo Penta

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Autor: Cooperativa.cl

La acción judicial apunta a la creación de contratos a futuro destinados a generar pérdidas ficticias.

La querella incluye a un total de 27 personas involucradas en la realización de estos acuerdos.

SII amplió querella por delito tributario contra fundadores y representantes del Grupo Penta
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Según el SII, los contratos de forwards cuestionados en esta ampliación "generaron pérdidas ficticias estimadas inicialmente en más de 370 millones de pesos".

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El Servicio de Impuestos Internos (SII) presentó este lunes en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago una ampliación de la querella criminal en contra de los socios fundadores y representantes legales del Grupo Penta, Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano.

Según el SII, la presentación solicita investigar a ambos ejecutivos como "presuntos autores de delito tributario por la rebaja indebida de la renta líquida imponible de las compañías, al registrar como gasto en la contabilidad boletas de honorarios y facturas no afectas o exentas de IVA falsas de sociedades pertenecientes a sus ejecutivos para ocultar el pago de bonos o remuneraciones, y por realizar operaciones de forwards  -acuerdos entre dos partes para intercambiar algo a futuro- antedatadas destinadas a generar pérdidas ficticias".

La acción judicial también está dirigida contra las personas que presentaron documentación tributaria falsa, "que permitió la comisión de los ilícitos y de la empresa ASESORIAS VSA LTDA, que actuó como contraparte en las operaciones de forwards", manifestó la institución recaudadora de tributos a través de un comunicado.

En total, la querella va contra 27 personas por "la responsabilidad que les corresponde en calidad de autores de los delitos previstos y sancionados en los artículos 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario, que se refiere a la presentación de declaraciones maliciosamente incompletas o falsas o al empleo de otros procedimientos dolosos encaminados a ocultar o desfigurar el verdadero monto de las operaciones realizadas o a burlar el impuesto; el artículo 13 de la ley 20.544, que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados, en relación con el artículo 97 N° 5 del Código Tributario; y el inciso final del artículo 97 N° 4 del Código Tributario, relativo a la facilitación de documentación tributaria falsa que posibilite la comisión de otros delitos tributarios". 

El Servicio de Impuestos Internos destacó que los contratos de forwards cuestionados en esta ampliación "generaron pérdidas ficticias estimadas inicialmente en más de 370 millones de pesos".

Además, las empresas del Grupo Penta registraron como gasto en su contabilidad documentos tributarios fraudulentos por un total de 3.302.544.451 pesos. 

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