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Cruz Blanca deberá pagar operación intrauterina que no estaba codificada

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Autor: Cooperativa.cl

El costo de la intervención alcanzó los 24 millones de pesos.

La Isapre negó el seguro catastrófico antes del procedimiento.

Cruz Blanca deberá pagar operación intrauterina que no estaba codificada
 elclarin.cl

El feto padecía espina bífida, que le podía causar parálisis al nacer.

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La Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección interpuesto por Nelson Vázquez y Marilyn Ramírez en contra de la Isapre Cruz Blanca, que deberá pagar 24 millones de pesos por una cirugía intrauterina en la Clínica Las Condes.

A las 21 semanas de gestación y en una ecografía de rutina, los médicos descubrieron que el feto padecía espina bífida, enfermedad que le podía causar parálisis en las extremidades inferiores e incontinencia urinaria al nacer.

La pareja realizó el procedimiento en la Clínica Las Condes, pero la Isapre Cruz Blanca negó el seguro catastrófico (CAEC) debido a que la patología no estaba codificada y afectaba al feto no nacido, que no tenía cobertura.

El padre, Nelson Vázquez, relató que "este seguro catastrófico dado la complejidad de la cirugía que se le estaba realizando a mi esposa y a mi bebé, y el CAEC, el seguro catastrófico, fue rechazado por la Isapre por dos cosas especialmente: una, porque la cirugía intrauterina no está codificada y dos, porque no es una patología de la madre, sino de un bebé, de un feto, que no tiene cobertura y que no ha nacido".

"Es una noticia en la cual te dicen que tu hija va a tener serios problemas y serios daños que te van a marcar de por vida y luego que la Isapre no haga efectivo algo que es un derecho", agregó.

Lo que viene

El abogado Pedro Barría alabó la decisión de la Corte, asegurando que sentará precedente en otros casos de este tipo al "resolver correctamente que el derecho a la vida que la Constitución establece comprende también el derecho a la vida del ser que está en el vientre materno por nacer. El derecho a la vida no sólo consiste en la ausencia de muerte sino que consiste en calidad de vida".

Barría recalcó que "no se puede considerar que alguien tiene vida solamente porque respira o la sangre le circula. Entonces la Corte ha sentado una jurisprudencia que es extraordinariamente importante".

La menor no enfrenta riesgos en su salud gracias a la intervención que se realizó antes de su nacimiento.

Cruz Blanca, a través de un comunicado, informó que lamenta la situación pero que siempre han actuado apegándose a la ley. Por eso, apelaron al fallo de la Corte, agregando que esto deja en evidencia que en el sistema se requiere contar con un marco de acción claro en beneficio de los pacientes y también las aseguradoras.

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