Corte de Coyhaique prohibió que Carabineros pida listas de escolares que participan en protestas
El tribunal de alzada acogió los recursos de protección interpuestos por la Defensoría de la Niñez y la Municipalidad de Coyhaique.
Su sentencia indica que la diligencia investigativa impulsada por el coronel Pablo Capetillo "amenaza la libertad personal y seguridad individual" de los menores.
La acción fue realizada por el coronel Pablo Capetillo, hoy en prisión preventiva por obstrucción a la investigación.
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La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió un recurso de amparo presentado por la Defensoría de los Derechos de la Niñez, un colegio y la Municipalidad, en contra del general director de Carabineros, Mario Rozas Córdova, y del jefe zonal de la institución, general José Riquelme Herrera, debido a la solicitud a establecimientos educacionales de listados de alumnos que participaron en marchas.
En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció que el actuar de Carabineros fue ilegal y atenta contra la libertad y seguridad de los menores.
La resolución indica que el coronel Pablo Capetillo "no podía, por sí y ante sí, adoptar una diligencia de investigación como la ejecutada".
"Dicho actuar ilegal del coronel Capetillo se constituye como una amenaza al derecho a la libertad personal y seguridad individual de los niños, niñas y adolescentes a cuyo favor se ha deducido la presente acción constitucional", indica.
El fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique ordena que Carabineros de Chile deberá abstenerse de solicitar este tipo de antecedentes y además indica que el Colegio Antoine de Saint-Exupéry no deberá entregar información sobre sus alumnos sin previa orden judicial.