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Justicia declaró culpable de violación con homicidio a imputado por crimen de niña de tres años

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Autor: Cooperativa.cl

Sebastián Balbontín "golpeó brutalmente" a la pequeña Almendra y la "violó" antes de llevar a un recinto asistencial, donde finalmente falleció.

El tribunal consideró también dos agravantes, una de ellas por su conducta "aberrante y cruel", y la pena más alta que existe.

Justicia declaró culpable de violación con homicidio a imputado por crimen de niña de tres años
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Sebastián Balbontín era pareja de la madre de la pequeña y convivía con ellas en el mismo hogar.

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El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago declaró culpable a Sebastián Balbontín Valdés del delito consumado de violación con homicidio de la hija de su conviviente de 3 años de edad, la pequeña Almendra, crimen perpetrado en julio de 2018 en la comuna de Macul.

El tribunal dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de Balbontín, quien "golpeó brutalmente" a la menor y la violó antes de llevarla hasta el Hospital de la Florida, donde finalmente falleció.

El sujeto era la pareja de la madre de la niña y convivía con su familia en el mismo hogar.

"La médico tanatóloga que efectuó la autopsia señaló que la niña mantenía múltiples zonas con trauma, presentaba 60 lesiones en la parte frontal del cuerpo y 11 lesiones en sectores posteriores del cuerpo", se lee en el veredicto condenatorio.

También "había múltiples hemorragias internas, en el encéfalo, en el corazón, en el pulmón, diafragma, estómago, páncreas, intestino, en la grasa que rodea los riñones, y el hígado prácticamente había sido separado en dos, estableciendo que la causa de la muerte fue un hemoperitoneo por trauma abdominal contuso, muerte violenta por participación de terceros, que dada el número y extensión de las lesiones eran necesaria y rápidamente mortales", agrega el texto.

Asimismo, "el análisis científico que se hizo de la evidencia levantada en el Hospital La Florida y en el sitio el suceso por la Brigada de Homicidios (de la PDI), como asimismo de las muestras tomadas con motivo de la autopsia, unida a los dichos de la doctora que estuvo a cargo del proceso de reanimación de la niña en el hospital y las conclusiones de la médico que realizó la autopsia, aportaron elementos de juicio que analizados en su conjunto permitieron establecer que Almendra fue violada por el acusado antes de fallecer".

Querellantes confían en que se aplique la mayor condena

Tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron durante el juicio que Balbontín sea condenado a presidio perpetuo calificado, la pena más alta del Código Penal.

"Confío plenamente en que esa va a ser la pena, estimamos que se ha hecho un muy buen trabajo durante estos nueve días de juicio, las argumentaciones que hemos dado para efectos de la aplicación de la pena nos parecen satisfactorias y contundentes, y nos parece, por lo mismo, que sea condenado por el delito más grave que está en el Código Penal", valoró María Elena Santibáñez, abogada querellante en representación del padre de la pequeña.

La letrada subrayó que "además hay dos circunstancias agravantes de responsabilidad penal, y dudo que se otorgue una atenuante, pero aún otorgándose debería condenarse por la pena más alta, que es el perpetuo calificado".

Las agravantes

En el veredicto, el tribunal estimó que concurren las agravantes del artículo 12 N°1 del Código Penal, "por haberse cometido el delito con alevosía, obrando sobre seguro, considerando que el acusado aprovechó las condiciones favorables que en el domicilio no se encontraba la madre de la niña, ni su hermana mayor, que la nana que cuidaba a víctima llegaba después de mediodía y que la niña estaba con su madre (abuela) de 90 años de edad, quien obviamente no se opuso a que se la llevara al segundo piso, lugar al que por su edad no subía, (...) concurriendo además la superioridad de fuerza evidente que impidió a la víctima toda posibilidad de defensa".

También consideró la agravante del artículo 12 N°4 "el haber aumentado deliberadamente el mal del delito causando otros males innecesarios para su ejecución, considerando que no se entiende sino en una conducta aberrante y cruel, que excede a los actos necesarios para obtener el resultado típico, la acción de golpear con energía a lo menos en 71 oportunidades el frágil cuerpo de una niña que medía 94 centímetros y pesaba 11 kilos".

Aquella conducta, "sin duda, tiene un mayor reproche por el dolor y padecimiento que experimentó la niña, que conforme señaló la perito era evidente de forma que no puede menos que concluirse que las acciones fueron hechas con plena conciencia que se estaba causando un enorme sufrimiento a una niña indefensa", afirma la resolución.

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