Ingresó al Congreso proyecto marco antitabaco

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Autor: Cooperativa.cl

Este lunes el Gobierno entregó en el Parlamento la iniciativa que impone severas restricciones a la venta, distribución y consumo de cigarrillos en nuestro país.

El ministro de Salud, Pedro García, dio a conocer que este lunes ingresó al Congreso el proyecto de Ley del Tabaco, conjunto de severas medidas para combatir esta adicción en nuestro país.

 

La iniciativa consta de 18 modificaciones a la actual normativa, vigente desde 1995.

 

Por ejemplo, la nueva norma terminará, de ser aprobada con la publicidad, excepto en los lugares de venta. Además, no se permite el avisaje en publicaciones para menores de 18 años; se impide publicitar en espectáculos artísticos, deportivos y culturales, así como en los avisos si esos espectáculos son transmitidos por televisión.

 

En las señales abiertas de televisión sólo se podrá publicitar en horarios definidos por el Consejo Nacional de Televisión para mayores de 18 años y en el cine cuando las películas sean calificadas para personas de esta edad o más.

 

En radio, cine o escritos, deberá destinarse 25 por ciento del tiempo, sonido o espacio a advertencias del ministerio de Salud. Además, quedan fuera todos los concursos relacionados con la compra de cigarrillos.

 

Los menores de edad verán absolutamente restringido su acceso al tabaco. A ellos no se venderá, ofrecerá o regalará cigarrillos. Además, no se podrán comercializar este tipo de productos a menos de 300 metros de un colegio.

 

Todas las cajetillas de cigarrillos deberán tener advertencias "claras y precisas" acerca de los efectos del tabaco, las que deberán figurar "en las dos caras principales y ocupar al menos el 40 por ciento de cada una de ellas".

 

No se podrá fumar en lugares públicos

 

Ninguna persona podrá consumir cigarrillos:

 

En ascensores, medios de transporte público o colectivo, en colegios y lugares donde se mantengan o fabriquen explosivos.

 

En los aeropuertos, terrapuertos, supermercados, centros comerciales, órganos de la administración del Estado, establecimientos de educación superior, establecimientos de salud públicos y privados y en lugares cerrados de trabajo donde haya dos o más personas trabajando estará prohibido fumar, salvo en espacios al aire libre.

 

En teatros, cines, restaurantes, bares y locales similares no se podrá fumar, a menos que sea al aire libre o en espacios habilitados para tales efectos, con mecanismos que impidan el paso del humo hacia otras áreas del recinto.

 

Ni light, ni suave ni ligero

 

Los manidos términos light, suave, ligero, bajo en alquitrán, nicotina, monóxido de carbono u otros similares quedarán obsoletos.

 

El fabricante deberá expresar clara y visiblemente los principales componentes según indica el ministerio. La autorización de Salud no implica que avale o garantice el contenido o inocuidad del producto.