Estos son los animales afectos a la temporada de caza
La fauna dañina para el ecosistema está incluida en las cotas que fija el SAG.
Temporada concluye a fines de agosto, según explicó el organismo a Cooperativa.
Alejandro Troncoso, jefe de División de Recursos Naturales del Servicio Agrícola Ganadero (SAG), comentó a Lo que Queda del Día que los animales dañinos para el ecosistema son los que están afectos a la temporada de caza en Chile.
"En Chile tenemos 32 especies nativas que se pueden cazar además de seis especies introducidas y también todas las especies dañinas consideradas en la Ley de Caza", estás últimas engloban al visón, el ciervo, el jabalí y el castor, explicó.
La caza más característica en Chile es el ciervo, un animal exótico que "puede ser un animal carismático", pero causa daños en especies nativas y además son portadores de enfermedades.
Estos daños al ecosistema provocan "excesivos gastos para el Estado", afirmó.
Troncoso relató que "la caza es una actividad absolutamente legal y deportiva. Hay animales que son factibles de cazar durante todo el año y hay aves que pueden ser cazadas a partir del 1 de marzo y otras a partir del 3 de abril y finaliza en agosto".
El listadoEstos son los animales que se pueden cazar:
- Perdiz chilena
- Yeco
- Caiquén
- Canquén
- Pato criollo
- Pato juarjual
- Pato real
- Pato jergón
- Pato jergón chico
- Pato colorado
- Traro
- Codorniz
- Tagua
- Tagua chica
- Tórtola cordillerana
- Tórtola
- Paloma de alas blancas
- Zorzal
- Chirihue dorado
- Chirihue
- Mirlo
- Tordo
- Yal
- Diuca
- Jilguero
- Faisán
- Zorro gris o Chilla
- Tuco-tuco del Maule
- Degú común
- Ratoncito andino
- Ratón oliváceo
- Ratón de hocico amarillo
- Ratón de pie chico
- Ratón de cola larga
- Ratón orejudo de Darwin
- Ciervo rojo o colorado
- Ciervo dama o Gamo Dama
- Ciervo Corzo
A ellos se suman la fauna dañina:
- Sapo africano
- Cotorra argentina
- Gorrión
- Paloma asilvestrada
- Yeco, sólo dentro de los límites urbanos de los centros poblados de las regiones I a IV, ambas incluidas, previa autorización del SAG.
- Jote de cabeza colorada, sólo dentro de los límites urbanos de los centros poblados de las regiones I y II, ambas incluidas.
- Conejo
- Liebre
- Laucha
- Rata negra
- Guarén
- Rata almizclera
- Castor
- Visón
- Coatí u Osito de Juan Fernández
- Cabra, sólo en el Archipiélago de Juan Fernández
- Jabalí