Diputados rechazaron proyecto para actualizar padrón electoral
La iniciativa excluía a mayores de 80 años que no hubieran renovado sus documentos en 11 años.
Fue presentada por el Gobierno el pasado 4 de junio.
El proyecto había sido aprobado en el Senado, por lo cual pasará ahora a ser discutido en una comisión mixta.
Por no alcanzar el quórum necesario para su aprobación - 69 votos -, la Cámara de Diputados rechazó este miércoles un proyecto de ley presentado por el Gobierno que buscaba regularizar la actualización de los padrones electorales.
La iniciativa -que proponía excluir del Padrón Electoral a los mayores de 80 años que no hubieran renovado su cédula de identidad en los últimos once años- fue rechazada por diputados de diversas bancadas, que la consideraron una exclusión arbitraria de los adultos mayores.
La propuesta, presentada el pasado 4 de junio, recibió 60 votos a favor, 30 en contra y tuvo ocho abstenciones.
Como el proyecto había sido aprobado en el Senado en el primer trámite constitucional, corresponde ahora la conformación de una Comisión Mixta para zanjar las divergencias surgidas entre ambas Cámaras, se informó en el sitio web de la Cámara Baja.
El detalle
El texto legal en cuestión propone de base la exclusión del padrón electoral de quienes no cuenten con sus documentos de identidad vigentes por no haberlos obtenido o renovado durante un largo periodo de tiempo.
Incorpora un nuevo artículo 28 bis en la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral, indicando que "en la elaboración del Padrón Electoral, el Servel excluirá a los electores de 80 o más años de edad, que no contaren con sus documentos de identidad vigentes, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional de identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte, en los últimos 11 años anteriores, de acuerdo a la información que al respecto le proporcione el Servicio de Registro Civil e Identificación".
Añade que "el Servel confeccionará una nómina especial que singularizará a los electores excluidos en virtud de este precepto, quienes se considerarán inhabilitados para sufragar en la respectiva elección. Esta nómina especial será pública".
"Entre los 180 Y 90 días anteriores a una elección o plebiscito, el Servel deberá notificar a los electores incluidos en esta nómina especial, mediante carta certificada dirigida al domicilio electoral consignado en el Registro Electoral, la circunstancia de haber sido o de poder ser excluidos del Padrón Electoral de la elección de que se trate", indica.
Asimismo, el Servel deberá informar a los electores de la exclusión del Padrón a través del sistema de consulta disponible en su sitio web y en la línea telefónica.
Los electores excluidos podrán reclamar del hecho de la exclusión -por escrito o verbalmente- dentro de los diez días siguientes a la publicación del Padrón auditado, ante el Tribunal Electoral Regional de su domicilio electoral.
El proyecto dispone que la exclusión procederá sólo respecto del Padrón que el Servel confeccione para cada elección en particular y, en ningún caso, procederá respecto del Registro Electoral.