Acuerdo de Unión Civil: Convivientes podrán ser carga en Fonasa e Isapres

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Autor: Cooperativa.cl

La medida entrará en vigencia el próximo 22 de octubre.

Carmen Castillo destacó que se trata de "un paso trascendental".

 Agencia UNO

"No podemos tratar esto como una simple evolución administrativa", remarcó el superintendente de Salud Sebastián Pavlovic.

El Ministerio de Salud emitió un instructivo para que, a contar del 22 de octubre, Isapres y Fonasa reconozca como cargas a convivientes que suscriban el Acuerdo de Unión Civil.

La titular de la cartera, ministra Carmen Castillo, informó de la medida remarcando que "este es un paso trascendental", tras lo cual manifestó que "somos una sociedad diversa, por lo tanto ahora que el Acuerdo de Unión Civil fortalece la relación de las parejas, queremos tener efectuados todos los trámites y gestiones que avancen en la protección en Salud para quienes lo suscriban".

En tanto el superintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, remarcó que la medida "nos parece un pequeño aporte del sector Salud para respaldar una deuda pendiente del Estado de Chile en materia de dignidad y de respeto a la diversidad".

"No podemos tratar esto como una simple evolución administrativa", agregó, "nos parece que es relevante y nos parece importante compartirlo y difundirlo".

Cambios de la nueva normativa

Hasta ahora, era posible incorporar al conviviente de hecho como carga en una isapre siempre y cuando la institución estuviera de acuerdo con ello, pero no era posible incorporarlo en Fonasa.

Además, de haber un matrimonio de por medio, el sistema permite incluir a la mujer pero no al marido, a menos que éste sea "inválido". Por otro lado, no se reconoce como derecho poder incorporar como carga a una pareja del mismo sexo, existiendo ciertas excepciones en isapres, pero siempre era a criterio de dicha entidad.

Con la modificación, será posible incorporar a convivientes civiles a isapres, las que estarán obligadas a aceptarlo; mientras que en el caso de Fonasa será un proceso automático una vez que sean acreditados los requisitos.

Paralelamente a esto, se podrá incorporar a un conviviente civil independiente de si se trata de una mujer o un hombre sin las condiciones que se requieren en la actualidad; y podrán incorporarse como cargas parejas del mismo sexo como un derecho y no sujeto a voluntad de la aseguradora.