Indios brasileños no podrán vetar minería en reservas pero serán indemnizados

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Los nativos serán escuchados durante la elaboración de los estudios previos, pero no tendrán poder de veto.

La propuesta indica que los indígenas tendrán participación en las ganancias que las empresas recauden.

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Los indios brasileños no tendrán poder de veto sobre proyectos de minería o generación hidroeléctrica en sus reservas pero serán indemnizados y tendrán participación en las ganancias, según el proyecto de ley que el presidente brasileño, el ultraderechista Jair Bolsonaro, envió este jueves al Congreso.

El mandatario de Brasil, que había prometido autorizar las actividades económicas en las reservas indígenas desde que asumió su mandato hace poco más de un año, firmó el polémico proyecto de ley el miércoles y lo envió hoy a consideración del Congreso.

La iniciativa, considerada una amenaza de genocidio y etnocidio por comunidades indígenas y organizaciones no gubernamentales, tendrá que aprobada por diferentes comisiones y por los plenos tanto del Senado como de la Cámara de Diputados antes de que pueda ser sancionada por el jefe de Estado.

El proyecto también permite que los propios indios exploten económicamente sus tierras mediante actividades como agricultura, pecuaria y turismo, lo que actualmente está vetado en las reservas, que son territorios de propiedad del Estado pero delimitados para el usufructo de los pueblos ancestrales que los ocupaban.

Reglas para autorizar minería en las reservas

De acuerdo con el proyecto de ley, pese a que las comunidades afectadas serán escuchadas durante la elaboración de los estudios previos e informadas sobre los efectos, tan sólo podrán dar un parecer con su opinión y no tendrán poder de veto.

Los nativos que cuentan con el usufructo de la reserva, en cambio, sí podrán vetar la autorización para el "garimpo" (minería artesanal) en sus tierras a personas que no pertenezcan a su etnia.

Los responsables por los estudios técnicos "explicarán y divulgarán los objetivos del proyecto" a las comunidades indígenas afectadas como condición previa a su aprobación por parte del Congreso Nacional, afirma el texto.

Cada uno de los proyectos de minería, explotación de petróleo y gas o construcción de hidroeléctricas en las reservas indígenas tendrá que ser aprobado previamente por el Congreso, que podrá rechazar las propuestas del Ejecutivo.

Pero, aunque los indígenas afectados los rechacen, "será competencia del Presidente de la República encaminar al Congreso la solicitud de autorización para la realización de proyectos mineros o eléctricos en las reservas indígenas", dice el texto.

Indmnizaciones

Además de una indemnización por las restricciones al usufructo de sus tierras, el proyecto establece que las comunidades afectadas tendrán participación en las ganancias de los diferentes proyectos.

En caso de hidroeléctricas, las comunidades recibirán el 0,7 por ciento del valor de la energía producida y en caso de explotación de petróleo y gas la participación será de entre el 0,5 por ciento y el 1,0 por ciento. Esa participación podrá llegar al 50 por ciento de los resultados para otros minerales.