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Suprema dejó en acuerdo recurso interpuesto en favor de Celestino Córdova

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Autor: Cooperativa.cl

Los ministros del máximo tribunal tienen un plazo máximo de 24 horas para dar a conocer su decisión.

Esto luego de la solicitud del machi de cumplir parte de su condena en arresto domiciliario total.

 ATON (Archivo)

Celestino Córdova cumplió 100 días de huelga de hambre.

La Corte Suprema dejó en acuerdo el recurso de amparo interpuesto en favor del machi Celestino Córdova, condenado a 18 años de cárcel por el asesinato del matrimonio Luchsinger Mackay, para que cumpla parte de su condena en arresto domiciliario total. 

De forma telemática, la segunda sala del máximo tribunal escuchó los alegatos de la Defensoría Penal Pública de La Araucanía, que busca que Celestino se traslade a su rewe en el contexto de la pandemia por su grado de machi. 

El defensor Renato González solicitó que "la excelentísima corte pueda acoger la pretensión de la defensa y en definitiva autorizar que el machi Celestino Córdova cumpla durante un plazo de seis meses en su rewe".

También se escucharon los alegatos del Ministerio Público, del abogado de la familia Luchsinger Mackay y del representante de la Intendencia de La Araucanía, quienes se oponen a la salida del machi de la cárcel. 

El jefe de la Unidad de Recursos Procesales, Pablo Campos, indicó que "estimamos que no se ha quebrantado el imperio del derecho respecto de la situación del amparado porque está privado de libertad cumpliendo una pena corporal en forma efectiva, aplicada en su momento por la autoridad competente dentro de sus facultades legales, de manera que no puede adoptarse en su respecto una medida de protección".

Los ministros de la Corte Suprema tienen un plazo máximo de 24 horas para dar a conocer su decisión. 

Celestino Córdova cumplió 100 días de huelga de hambre, quien solicita la aplicación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

Desde el Gobierno, el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, sostuvo que "el alegato del Ministerio del Interior es muy claro, que el recurso de amparo no es la vía para revisar una condena que ya fue zanjada por el Poder Judicial y lo que corresponde es que aquellas personas condenadas cumplan con su condena y que se apliquen todas aquellas normativas respecto a los beneficios o derechos intrapenitenciarios que tienen cualquier persona que está privada de libertad".