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Justicia revocó sobreseimiento en causa contra el Presidente Piñera por no usar mascarilla en Los Andes

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

En 2020, el Mandatario asistió a una entrega de viviendas sociales sin respetar las normas sanitarias.

La parte querellante criticó la postura de la jueza de garantía quien aseguraba que éste ya era un hecho sancionado.

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La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó el sobreseimiento definitivo dictado por el Juzgado de Garantía de Los Andes respecto de la causa en la que el Presidente de la República, Sebastián Piñera, se encuentra querellado por delitos contra la salud pública.

La causa se remonta al año pasado, cuando el Mandatario asistió a una entrega de viviendas sociales sin usar mascarilla, hecho por el cual el abogado Luis Mariano Rendón se querelló contra el Jefe de Estado.

La causa había sido sobreseída el pasado 1 de septiembre por la jueza Valeria Crosa, quien estimó que "la conducta del querellado Miguel Juan Sebastián Piñera Echeñique no es inherentemente peligrosa".

"Solo estamos en presencia de una desobediencia de norma, que curiosamente fue dictada por la autoridad cuyo superior jerárquico es el propio querellado", sostuvo la magistrada, quien citó "el principio del non bis in ídem".

Al respecto, Rendón apeló que aquello "significa que nadie puede ser enjuiciado o condenado dos veces por un mismo hecho".

"Ello podría tener algún asidero, muy discutible, sin embargo, si en este caso, por ejemplo, el hecho ilícito hubiese sido ya sancionado en sede administrativa. Ello efectivamente ocurrió ante otros ilícitos del mismo tipo cometidos por el mismo contumaz imputado. Así, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso lo sancionó con una multa (irrisoria empero dada su calidad de multimillonario) cuando infringió la misma normativa infringida en esta causa, durante un paseo por la playa de Cachagua".

"Sin embargo, en este caso no ha habido ni procedimiento ni sanción administrativa alguna por el ilícito investigado", afirmó el querellante.

En consecuencia, el tribunal de alzada ordenó revocar la resolución de Crosa, inhabilitarla y que otro juez continúe con el proceso.