Justicia condenó a exsuboficiales de la Armada por secuestro y tortura de joven poblador del Cerro Los Placeres

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Se trata de Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Vicente Santibáñez Obreque.

La víctima, militante socialista, recibió choques eléctricos y golpizas en enero de 1974.

 Poder Judicial

La Justicia chilena condenó a tres suboficiales en retiro de la Armada que participaron durante los primeros meses de la sangrienta dictadura militar de Augusto Pinochet (1973-1990) en el secuestro y tortura de un joven poblador del cerro Los Placeres, situado en la ciudad de Valparaíso.

El fallo del ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino, condena a cinco años y un día de prisión a Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Vicente Santibáñez Obreque.

La sentencia dio por acreditado que "existió una agrupación de inteligencia militar, jerarquizada y disciplinada denominada Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior, conocida como SICAJSI, que operó activamente a partir del 11 de septiembre de 1973, conformada por agentes pertenecientes a las diversas reparticiones de la defensa nacional, particularmente por funcionarios de la Armada de Chile, cuyo objetivo principal fue la represión de personas opositoras al régimen militar, para lo cual se procedía a su búsqueda y detención, las que luego eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica".

En dicho contexto, un día no precisado de enero de 1974, "Juan Arancibia Jerias fue ordenado detener por las autoridades del Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI), en atención a su militancia política en el Partido Socialista, lo que se concretó en su domicilio ubicado (...) Cerro Los Placeres, Valparaíso, donde vivía con sus padres, siendo conducido por funcionarios militares al Cuartel Silva Palma".

En ese recinto, "un grupo de interrogadores organizados y coordinados, también por los mandos militares, con el objeto que entregar antecedentes acerca de otros militantes del partido político nombrado, procedieron a mantenerlo encerrado sin orden judicial que lo justificare, vendarlo, interrogarlo y torturarlo mediante diversas técnicas, entre ellas, aplicación de corriente en su cuerpo, 'el teléfono' (golpes con las manos abiertas en ambos oídos) y otros golpes en su cuerpo".

Posteriormente, el joven fue conducido "a los recintos de detención llamados Isla Riesco y Melinka, y finalmente a la Cárcel Pública de Valparaíso, siendo liberado desde ese lugar en agosto de 1974, haciendo presente que en la causa militar en copia tenida a la vista aparece que la víctima solo fue puesta a disposición de la Fiscalía el 24 de mayo de 1974", indicó el dictamen.

La sentencia ordena el cumplimiento efectivo de la pena impuesta a los condenados "en el recinto penitenciario correspondiente, no haciéndose lugar a la solicitud de la defensa en orden a que el cumplimiento se haga efectivo en su domicilio, atendido que dicha modalidad no se encuentra contemplada en la ley". 

Durante la dictadura cívico militar, que estuvo en el poder entre 1973 y 1990, se encarceló y desapareció a disidentes del régimen en diversos centros de detención y torturas clandestinos a lo largo y ancho del país.

De acuerdo con el informe elaborado en 2011 por la Comisión Valech, en Chile hubo 40.018 detenidos por motivaciones políticas, 3.065 de ellos muertos o desaparecidos.