Ordenan reintegro de funcionaria de Presidencia despedida el 12 de marzo
La Corte de Santiago revocó la decisión sobe la jefa del departamento de Reportero Presidencial, con más de 7 años de servicio y calificación distinguida.
La afectada se desempeñaba en el Palacio Presidencial de La Moneda desde 2018.
La justicia acogió un recurso de protección y ordenó a la Presidencia de la República la reincorporación de una funcionaria que fue desvinculada el 12 de marzo pasado -un día después del cambio de mando-, pese a su contrata vigente y bajo el argumento de pérdida de confianza.
La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dejó sin efecto la resolución que afectó a una nutricionista que llegó a La Moneda en 2018, y que luego de ascensos, ejercía del cargo de jefa del Departamento de Repostero Presidencial y Casino General.
Según detalló el portal especializado Diario Constitucional, la afectada cuestionó como ilegal y arbitraria la decisión del nuevo gobierno, porque tenía sucesivas renovaciones de contrata, ascensos hasta el grado 4° de la Escala Única de Sueldos y permanentes calificaciones en Lista 1 de Distinción; y además sin sumarios o sanciones en su hoja de vida.
En su argumentación, la Presidencia apuntó al carácter transitorio de los empleos a contrata y a la pérdida de confianza, que consideró una causal jurídicamente válida; como parte de un proceso de reestructuración y ajuste del gasto público; pero porque además se consideró que el cargo debía ser ejercido por un profesional del área de administración o gestión de casinos, pero "tales razones no satisfacen el estándar exigible", razonó el tribunal.
"Se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 241/2026, de 12 de marzo de 2026, dictada por la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, debiendo la recurrida reincorporar a la actora al cargo que servía o a otro de igual jerarquía y grado, y pagarle las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que se hubieren devengado durante el período en que permaneció separada de sus funciones, hasta su efectivo reintegro", concluye el fallo de los ministros Hernán Crisosto y Guillermo de la Barra, y el abogado integrante Sebastián Perelló.