Cámara de Diputados aprobó Ley Antidiscriminación

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Autor: Cooperativa.cl

El Movilh manifestó su satisfacción tras la decisión en el Parlamento.

Se vencieron "los miedos infundados y el odio", apuntó el colectivo en un comunicado.

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La Cámara de Diputados aprobó este martes el Proyecto de Ley que establece medidas contra la Discriminación, el cual incluye las mejorías propuestas por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

ImagenLa legislación inició su tramitación el 24 de marzo del 2005, durante el Gobierno de Ricardo Lagos y, en la sesión correspondiente al 8 de mayo de 2012, la iniciativa contó con el apoyo de 90 parlamentarios, en tanto que hubo 16 en contra y tres abstenciones.

El colectivo manifestó a través de un comunicado que "hoy la homofobia, y otras formas de discriminación, están siendo felizmente vencidas desde el Parlamento. Está siendo vencida la ignorancia, los miedos infundados, y el odio, procesos que irán en beneficio de personas que a diario padecen atropellos por ser diferentes".

Aunque al mismo tiempo advirtió que "efectivamente esta ley no contiene todos los elementos que quisiéramos. Es tímida, por ejemplo cuando impide expresamente impugnar normas discriminatorias o cuando no indemniza a las víctimas, pero es una avance, que contribuirá a paliar la impunidad y los atropellos que quienes más lo necesitan".

La norma particularmente define como discriminación arbitraria "toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad".

También especifica que se consideran agravantes los delitos fundados en discriminación y estipula que las personas afectadas por este tipo de faltas pueden entablar acciones legales ante el juez de letras correspondiente a su domicilio, tras lo cual se dictará sentencia.

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