Municipio de San Bernardo fue condenado a pagar millonaria multa a motorista

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Autor: Cooperativa.cl

Corte Suprema condenó a la Municipalidad por caída de motorista en hoyo no señalizado en 2009.

El fallo sienta un precedente sobre la responsabilidad de la mantención y señalización en la vía pública.

Municipio de San Bernardo fue condenado a pagar millonaria multa a motorista
 Archivo AGENCIA UNO / Referencial

El afectado con este accidente quedó "con un 70 por ciento de menoscabo en su capacidad de trabajo".

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La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de San Bernardo por daño moral a un motorista que en 2009 sufrió una caída en un hoyo no señalizado, y deberá indemnizarlo con 50 millones de pesos.

El dictámen, como informó Las Últimas Noticias, afirma que el lugar del accidente estaba "sin resguardo alguno y sin señalización que advirtiera la existencia del forado en la calzada", de dos metros de largo, 60 centímetros de ancho y 20 centímetros de profundidad.

César Vásquez, hoy de 49 años, el 16 de marzo de 2009 conducía una moto scooter por la calle Padre Hurtado, en dirección al norte, cuando se topó con el forado no señalizado, no alcanzando a frenar y como relató a LUN, salió expulsado de la moto y cayó de cabeza en el pavimento.

Luego del accidente, Vásquez estuvo un mes y medio en estado de coma y conectado a un ventilador mecánico tras sufrir fractura craneal, además de la grave pérdida de la función muscular del lado derecho de su cuerpo y rostro que lo mantiene "con un 70 por ciento de menoscabo en su capacidad de trabajo", según el documento.

Precedente sobre la responsabilidad de mantención

El fallo sienta un precedente sobre la responsabilidad de la mantención y señalización en la vía pública, en momentos donde la defensa del municipio de San Bernardo afirmaba que en realidad le compete al Ministerio de Obras Públicas

Según consigna Las últimas Noticias, la Corte sustuvo en el documento que "de acuerdo al artículo 5° letra C de su Ley Orgánica Constitucional, a las Municipalidades les compete la función y el deber de administrar los bienes nacionales de uso público ubicados dentro de su comuna".

El dicatamen dice también que según su artículo 26°, los municipios están a cargo de "señalizar adecuadamente las vías públicas (...) con el fin de evitar daños a la integridad física y a los bienes de las personas".

Esto desplaza, además, los dichos desde la Asociación Chilena de Municipalidades, por parte del abogado Rodrigo Barrientos, que dijo a LUN que se trata de una responsabilidad compartida con el Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu).

El abogado afirmó que "el municipio administra las calles, pero la mantención de ellas le corresponde a Serviu en las áreas urbanas, que está a cargo de la pavimentación, de los baches y hoyos".

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