Presidente de la Corte Suprema se inhabilitó en causa por pensiones de la DGAC

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Autor: Cooperativa.cl

Su hija es uno de los 1.330 funcionarios que demanda al Estado.

Exigen ser traspasados de la AFP a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

Presidente de la Corte Suprema se inhabilitó en causa por pensiones de la DGAC
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La inhabilitación fue realizada el 24 de octubre pasado.

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El presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, informó que se inhabilitó para conocer aspectos de causa de Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), pues su hija es una de las 1.330 funcionarios que demandan al Estado exigiendo ser traspasados de la AFP a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

La inhabilitación fue realizada el 24 de octubre pasado, pues su hija María Gabriela Dolmestch es funcionaria de planta de la DGAC de Arica. Por esto, las resoluciones firmadas la semana previa, fueron anuladas.

El presidente de la Asociación de Funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), José Pérez, calificó como "correcta la actitud del presiente de la Corte Suprema. Nosotros tomamos conocimiento".

"Eso corresponde y él cumplió la norma de declarar esa incompatibilidad. Y no lo hace por rechazar a la hija, porque es padre de nuestra compañera de trabajo", agregó.

Además señaló que "suspicacia más, suspicacia menos, el procedimiento interno de la Corte Suprema son las definiciones de cómo los magistrados asumen con las características de carácter previsional si esto es laboral, es constitucional".

Una de esas resoluciones fue la que asignó el recurso a la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones la que se especializa en temas laborales.

Pérez hacía mención a las suspicacias que han surgido debido a que hay quienes piensan que esta decisión podría favorecer las intenciones de los funcionarios, ya que los temas provisionales son asignados a la Tercera Sala.

Al respecto, la ministra vocera de Gobierno, Paula Narváez, comentó que "esta figura está establecida en nuestra Constitución, el caso de que el Senado tenga que dirimir cuando una autoridad como Contraloría no coincide en su decisión o en su conclusión con la de un poder del Estado, como es en el caso de la Corte Suprema en esta específica situación".

"Por lo tanto, no hay ninguna cosa extraña en esto, la Constitución genera este mecanismo, permite esta figura y lo que corresponde es que se proceda de acuerdo a lo que establece nuestra legislación vigente", puntualizó.

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