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Justicia encontró culpables a dos acusados de instalar artefacto incendiario en un bus

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Autor: Cooperativa.cl

Los hechos ocurrieron el 7 de abril de 2015 en la comuna de Estación Central.

Esta es la primera condena que se resuelve bajo la nueva tipificación de la Ley de Control de Armas.

Justicia encontró culpables a dos acusados de instalar artefacto incendiario en un bus
 AGENCIA UNO

La máquina resultó completamente destruida por las llamas.

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Este miércoles, el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago declaró culpables a Natalia Collado Pozo, de 25 años, y Javier Pino Molina, de 28, por el delito de activación y colocación de artefacto incendiario en transporte público.

En la investigación, la Fiscalía Metropolitana Sur logró establecer que ambos jóvenes fueron quienes, el 7 de abril de 2015, subieron a un bus del recorrido 210 del Transantiago en la intersección de Ricardo Cumming con la Alameda para luego bajarse a la altura de calle Concón, comuna de Estación Central.

Tras, el conductor comenzó a ver cómo se comenzaba a incendiar la parte posterior de la máquina antes de ser consumida completamente por el fuego.

A la madrugada siguientes, ambos jóvenes fueron detenidos y tras los peritajes a sus ropas, mochilas y al bus se detectaron restos de gasolina.

El fiscal exclusivo para la investigación de ataques incendiarios y explosivos, Claudio Orellana, detalló que "se pudo establecer que ambos imputados tenían en sus ropas y también en una mochila que portaba uno de ellos residuos de hidrocarburos derivados del petróleo, específicamente gasolina".

"Se pudo establecer, en consecuencia, una conexión entre ambos tipos de hallazgos de la misma naturaleza y, de esa manera, convencer al tribunal en cuanto a que el bus se había incendiado no por una falla mecánica o eléctrica o algún desperfecto propio del bus, sino que por la intervención de terceras personas, que eran precisamente los dos detenidos que fueron acusados y condenados", añadió el persecutor.

Ésta es la primera condena que se resuelve bajo la nueva tipificación de la Ley de Control de Armas, que en su artículo 14 establece penas efectivas de cárcel que van desde los tres años y un día hasta los cinco años y un día, sin posibilidad de una sanción menor o de penas sustitutivas.

El miércoles 25 de mayo, a las 12:30 horas, será la lectura de la sentencia.

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