Las "reglas de oro" para tramitar la Ley de protección al empleo

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Autor: Cooperativa.cl

Representante de los usuarios de la AFC dijo que ha habido "debilidad" en los órganos competentes para informar cómo se debe gestionar la prestación.

Respecto a la nueva norma, "los trabajadores no tienen que ir a la administradora", sino que el empleador debe iniciar el trámite, explicó en Cooperativa.

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Largas colas se han registrado recientemente en oficinas de la AFC: según Cifuentes, la mayoría por motivos de cesantía, pero también por la nueva ley.

Las largas colas de personas que se han visto recientemente en las oficinas de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) han llamado la atención debido a la crisis sanitaria por la pandemia del Covid-19, ante la cual las principales recomendaciones apuntan a quedarse en casa o mantener una distancia social apropiada en las calles.

Aquello, además, porque desde la misma AFC han asegurado que los trámites se pueden realizar por internet, tanto por asuntos de cesantía como por la nueva ley de protección al empleo, que pese a que recién entró en vigencia este lunes se le atribuyó como uno de los motivos de las aglomeraciones de gente registradas la semana pasada.

En conversación con El Diario de Cooperativa, Hugo Cifuentes, presidente de la Comisión de Usuarios del seguro de cesantía, detalló que, según la información que le han dado desde la Administradora, de todas las personas que fueron a sucursales de la AFC o ingresaron a la página web, "el 80 por ciento fue por cesantía, y sólo el 20 por ciento para preguntar por aplicación de ley", por desconocimiento y confusión.

Pese a que las consultas motivadas por la nueva norma, vigente desde este lunes y que busca evitar despidos en medio de los efectos por la crisis por la pandemia, han sido menores, han sido menores, apuntó que "ha habido una debilidad en todos los ámbitos para explicar que los trabajadores no tienen que ir a la administradora", ya que la parte que debe realizar la gestión "es el empleador".

En ese marco, el también académico de la Universidad Católica explicó las "reglas de oro" que deben tener en cuenta sobre la ley y los trámites que deben comenzar los empleadores.

"Primero hay que ponerse en la situación de que son prestaciones que se asocian a la declaratoria de (estado de) catástrofe, y todos los trabajadores cuyos empleadores que hayan pactado con ellos una suspensión de la vigencia del contrato durante este período por un tiempo limitado, el empleador va a subir esa información a la AFC en estos días, y con eso al trabajador se le va a dar el derecho a pedir la prestación", expuso.

Asimismo, agregó, "los trabajadores que están en una comuna de cuarentena hoy, porque son trabajos obligados a suspender, también van a poder solicitar las prestaciones porque están dentro del grupo de la cuarentena total".

"Y el otro grupo son los trabajadores que hayan pactado o pacten con el empleador la suspensión del contrato de trabajo, reduciendo la jornada laboral hasta un 50 por ciento, en que el empleador le va a pagar las remuneraciones, las cotizaciones y la AFC se va a poner con un máximo del 25 por ciento de la remuneración imponible según el promedio de las remuneraciones de los tres últimos meses", complementó Cifuentes.