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Corte Suprema absolvió a condenado por Consejo de Guerra en Punta Arenas en 1974

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Autor: Cooperativa.cl

Máximo tribunal determinó que Fernando Alejandro Lanfranco Leverton fue sometido a torturas para obtener su confesión.

 ATON (referencial)

La Corte Suprema decretó la absolución de Fernando Alejandro Lanfranco Leverton, condenado por Consejo de Guerra realizado en 1974, en la ciudad de Punta Arenas, tras acoger el recurso de revisión interpuesto en su favor.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y María Carolina Catepillán, más los abogados integrantes Eduardo Morales y Leonor Etcheberry– declaró la nulidad del proceso impugnado y la completa inocencia del recurrente, cuya condena se basó en testimonios obtenidos bajo tortura.

"Aparece demostrada la existencia de un método, patrón o sistema general de menoscabo físico o mental y de afrenta a su dignidad, al que fueron sometidos los acusados ante los Consejos de Guerra convocados -dentro de los cuales se encuentran incluidos los impugnantes-, los que fueron cometidos por parte de sus interrogadores, celadores u otros funcionarios que intervinieron en el procedimiento mientras dichos inculpados eran mantenidos detenidos, todo ello con el objeto de obtener su admisión o confesión de los hechos que se les atribuían, así como para que implicaran o imputaran al resto de los procesados en los mismos hechos", afirma el fallo.

La resolución establece que "prescindiendo de esas confesiones y declaraciones no quedan elementos probatorios que permitieran al Consejo de Guerra alcanzar la convicción condenatoria en la sentencia objeto de revisión y, por consiguiente, las circunstancias que se han descubierto, con posterioridad, son de tal naturaleza que permiten establecer claramente la inocencia de los allí condenados".

"En tales condiciones, atendida la finalidad de justicia que justifica el recurso de revisión, se hará lugar a la acción y se declarará que todo lo obrado el proceso impugnado, en relación a los recurrentes de autos, es nulo", concluye.

Por tanto, se resuelvió que "se acoge la solicitud de revisión deducida en autos, y se invalida la sentencia del 30 de septiembre de 1974 del Tribunal Militar en Tiempo de Guerra de Punta Arenas, por la cual, se condenó al recurrente. (...) Se absuelve, por haber sido probada su inocencia, a Fernando Alejandro Lanfranco Leverton".