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Nuevo fracaso de la Fiscalía en el caso Tomás Bravo: Corte Suprema anuló reformalización del tío

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Cooperativa.cl

El máximo tribunal acogió un recurso de Jorge Escobar, a quien el Ministerio Público imputó "abandono con resultado de muerte" al no conseguir pruebas para llevarlo a juicio por homicidio calificado.

En este escenario, parece probable que se dicte un sobreseimiento de la causa y que la desaparición, la agresión sexual y la muerte del niño queden sin castigo.

 ATON (Archivo)

La Suprema cuestionó que, tras dos años acusándolo de homicidio calificado, el ente persecutor modificara "de manera sustancial el sustento fáctico de la imputación" al tío abuelo, al vencerse el plazo de la investigación. Dicha acción "deviene en ilegal", sentenció.

La Corte Suprema ordenó este viernes anular lo resuelto en la reformalización del tío abuelo de Tomás Bravo, pequeño desaparecido y encontrado sin vida en febrero de 2021, en la localidad de Caripilún, comuna de Arauco.

El máximo tribunal acogió el recurso de amparo interpuesto por la Defensoría Penal Pública, que representa a Jorge Escobar, revocando su más reciente imputación por abandono de menor con resultado de muerte.

De acuerdo al fallo, "la resolución impugnada deviene en ilegal", puesto que tras dos años -plazo máximo para una indagatoria en la legislación chilena- de investigar la causa bajo la figura penal de homicidio calificado, la Fiscalía decidió reformalizarlo.

El escrito recalca que aquella instancia "no sólo tuvo por objeto precisar los hechos de la formalización, sino que derechamente modificó de manera sustancial el sustento fáctico de la imputación, a fin de acomodarlo a la nueva calificación jurídica determinada por la Fiscalía, a lo que debe sumarse que todo ello aconteció en la misma audiencia en la que se debatió el cierre de la investigación".

De esta manera, si bien Escobar permanecerá imputado por el delito de homicidio calificado, como el Ministerio Público reconoció que no tiene pruebas suficientes para sostener esa acusación, lo más probable es que se decrete el sobreseimiento de la causa.

A la fecha, el familiar del niño cumple la medida cautelar de arraigo nacional.