Suprema notificó desafuero de diputado Joaquín Lavín León y Fiscalía prepara formalización

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Cooperativa.cl

Al exUDI se le acusa de corrupción en el municipio de Maipú, rendir boletas falsas y crear un software de gestión de trabajo territorial y de base de datos con fondos del Congreso.

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Sin embargo, el fallo de la Corte desestimó la querella del SII interpuesta contra el diputado desaforado por delitos tributarios y aún se desconoce la fecha de la formalización.

A casi un mes de haber desaforado al diputado exUDI Joaquín Lavín León por su imputación en delitos de fraude al Fisco, la Corte Suprema notificó formalmente su decisión a la Fiscalía, que ahora se prepara para formalizarlo. 

Al parlamentario, acusado también de falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil y tráfico de influencias, se le atribuye el haber cometido delitos de corrupción en el municipio de Maipú, rendir boletas ideológicamente falsas y crear un software de gestión de trabajo territorial y de base de datos con fondos del Congreso.

El director de la Unidad Especializada en Anticorrupción de la Fiscalía, Eugenio Campos, informó: "El día de hoy hemos sido notificados por parte de la Excelentísima Corte Suprema de aquella resolución que dio lugar en todas sus partes al desafuero solicitado por el Ministerio Público en aquellos delitos que refiere al fraude al fisco, tráfico de influencias y falsificación y uso de instrumento privado mercantil, todos respecto del ex diputado señor Lavín León".

"Así las cosas, la Fiscalía ya queda habilitada para formalizar la investigación y poder pedir las medidas cautelares personales que, conforme a la gravedad de los hechos y por estos delitos funcionarios, ameritan en la especie", agregó. 

Por su parte, el abogado defensor de Lavín León, Cristóbal Bonacic, afirmó que el Ministerio Público podría haber solicitado igualmente su formalización, dado que la decisión del máximo tribunal se da por la posibilidad plausible de que puede haber delito.

"El fallo de la Corte Suprema en ningún minuto constituía un obstáculo para que el Ministerio Público no formalizara. Podía pedir la audiencia desde el inicio de la investigación", indicó.

"El fallo de la Corte recoge todos y cada uno de los argumentos que nosotros indicamos en la audiencia. Establece que el estándar para el desafuero es bajísimo, mínimo, que implica que haya antecedentes mínimos de plausibilidad, alejándose absolutamente del estándar para imponer medidas cautelares y, por supuesto, aún más lejos de establecer elementos para una sentencia condenatoria", reparó Bonacic.

Sin embargo, el fallo de la Corte desestimó la querella del SII interpuesta contra el diputado desaforado por delitos tributarios y aún se desconoce la fecha de la formalización.