Sistema frontal: Dirección del Trabajo recuerda derechos laborales ante emergencias

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Cooperativa.cl

El ministro Tomás Rau afirmó que siguen coordinando el despliegue ministerial en diez regiones bajo estado preventivo.

David Oddó, director de la DT, subrayó la obligación legal que tienen las empresas para garantizar salud y vida.

 ATON (referencial)

La Dirección facultó suspender faenas si las condiciones meteorológicas ponen en riesgo físico a quienes cumplen turnos.

El Ministerio del Trabajo y la Dirección del Trabajo (DT) activaron un plan de contingencia ante el Estado de Emergencia Preventiva decretado en diez regiones del país debido al sistema frontal.

Las autoridades enfatizaron que la ley obliga a las empresas a suspender labores si existe peligro inminente para la salud, prohibiendo además cualquier descuento salarial o despido para quienes no logren asistir por cortes de ruta o colapso del transporte público.

"Como Gobierno estamos desplegados y coordinados para proteger la vida de los ciudadanos en situación como la anunciada. Por ello, queremos hacer un llamado a la tranquilidad a trabajadores y empleadores del país para proteger la vida y seguridad de las personas", afirmó el ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau.

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"Queremos hacer un llamado a la tranquilidad a trabajadores y empleadores del país para proteger la vida y seguridad de las personas", señaló el ministro Rau. (FOTO: ATON)

Suspensión de labores ante riesgos críticos

Desde la Dirección del Trabajo aclararon que el marco legal vigente entrega certezas tanto a empleadores como a empleados para actuar con responsabilidad frente a la crisis climática.

Debido a esto, el director del organismo, David Oddó, enfatizó que "primero hay que resguardar la seguridad de las personas. Por lo tanto, si existe un riesgo, deberán adoptarse las medidas que correspondan y eso incluye la suspensión de las labores cuando sea necesario".

"Luego, cuando las condiciones lo permitan, las actividades se pueden retomar", puntualizó la autoridad.

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Inasistencias justificadas por transporte interrumpido o caminos cortados no derivarán en despidos ni mermas salariales según normativa vigente. (FOTO: ATON)

Protección ante inasistencias justificadas

Uno de los puntos más relevantes para la fuerza laboral tiene relación con las dificultades de traslado. Ante la interrupción de rutas o la falta de transporte, se recordó que no se pueden aplicar represalias económicas ni administrativas.

"Si el temporal le impide llegar a su trabajo y lo justifica, eso no puede terminar en un despido ni en un descuento sobre sus remuneraciones. Nadie debe arriesgar su vida o su salud por llegar a trabajar. Cuando las condiciones permitan continuar trabajando de forma segura, es el momento en que debemos hacerlo, no antes. La ley es clara y debemos cumplirla", sentenció Oddó.

Para asegurar que estos derechos se respeten, se dispuso el correo electrónico dtfrentemaltiempo@dt.gob.cl para recibir denuncias. Además, se mantienen activos el portal web oficial y el número 600 450 4000 para resolver consultas.