Corte Suprema condenó a 33 represores por frentistas lanzados al mar en 1987

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Autor: Cooperativa.cl

Cinco miembros del FPMR fueron detenidos y desaparecidos en respuesta al secuestro del coronel de Ejército Carlos Carreño.

Álvaro Corbalán Castilla, ex jefe operativo de la CNI, fue sentenciado a 15 años de cárcel por este caso.

Corte Suprema condenó a 33 represores por frentistas lanzados al mar en 1987
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El máximo tribunal fijó en 380 millones de pesos el monto total a pagar a los familiares de las víctimas.

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La Corte Suprema condenó a 33 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), del Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE) y del Comando de Aviación del Ejército, por su responsabilidad en los secuestros calificados de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, ilícitos perpetrados a partir de septiembre de 1987.

En un fallo dividido la Segunda Sala del máximo tribunal acogió un recurso de casación presentado en contra de una sentencia dictada previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago y dictó una sentencia de reemplazo que condenó a los agentes Álvaro Corbalán Castilla y Hugo Salas Wenzel a penas de 15 años de cárcel en calidad de autores de los referidos secuestros calificados.

Iván Quiroz Ruiz, Gonzalo Maas del Valle, Raúl Durán Martínez, Luis Santibáñez Aguilera, Víctor Ruiz Godoy, Juan Jorquera Abarzúa, Hernán Vásquez Villegas, Sergio Mateluna Pino, José Fuentes Pastenes, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto Rodríguez Manquel, Alejandro Astudillo Adonis, José Salas Fuentes, Heraldo Velozo Gallegos, Marco Antonio Pincheira Ubilla, Jorge Ahumada Molina, José Morales Morales, Ema Ceballos Núñez, Patricio González Cortés, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales deberán purgar 10 años y un día de presidio.

Los ex agentes Luis Arturo Sanhueza Ross, Manuel Morales Acevedo y Manuel Ramírez Montoya, Aquiles Navarrete Izarnótegui, Fernando Rojas Tapia, Julio Cerda Carrasco, Marco Antonio Bustos Carrasco, Hugo Prado Contreras y Rodrigo Pérez Martínez fueron condenados a penas de cinco años y un día de presidio.

En tanto, Mario Campos Valladares debe purgar tres años y un día de presidio, pero con el beneficio de la libertad vigilada. El agente Hugo Barría Rogers fue absuelto de los cargos.

En el aspecto civil, la Suprema confirmó las demandas de indemnización presentadas en contra del Estado de Chile y fijó en 380 millones de pesos el monto total a pagar a los familiares de las víctimas.

Lanzados al mar

En la investigación de la causa el ministro en visita Mario Carroza logró establecer que las cinco víctimas fueron secuestradas en represalia por el plagio del coronel de Ejército Carlos Carreño (ocurrido el 1 de septiembre de 1987) y hechas desaparecer en un operativo conjunto entre la CNI, el BIE y el Comando de Aviación del Ejército donde los cuerpos fueron arrojados al mar en las costas de Quintay.

Los cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez fueron trasladados al Cuartel Borgoño de la CNI, y "antes de la liberación del Coronel Carreño en Brasil, no siendo posible efectuar un canje, se decide por los organismos de seguridad la eliminación de los detenidos".

"Organizan un operativo que permite sacar los cinco cuerpos como bultos del recinto en que se encontraban privados de libertad, al parecer sin vida o previamente drogados, y fueron transportados en un helicóptero del Comando de Aviación del Ejército desde el Fuerte Peldehue hasta las costas de Quintay, donde finalmente se arrojaron sus cuerpos al mar atados a durmientes", se lee en el fallo (ver archivo adjunto).

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