Histórico: Por primera vez un civil cumplirá cárcel efectiva en causas de DDHH

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte Suprema confirmó una sentencia de 20 años de presidio para a Juan Francisco Luzoro, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine.

"Era el jefe de los civiles que se organizaron para ejercer la represión", explicó el abogado Nelson Caucoto.

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La Corte Suprema condenó al Fisco a pagar indemnizar con 2.210 millones de pesos a los familiares de las víctimas.

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La Corte Suprema confirmó una sentencia de 20 años de presidio, en calidad de autor de cuatro homicidios calificados, en contra de Juan Francisco Luzoro Montenegro, ex presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine.

En un fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia dictada el 31 de marzo pasado por la ministra en visita Marianela Cifuentes, de la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Éste responsabilizó a Luzoro por los asesinatos de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres, y por el delito frustrado de homicidio de Alejandro del Carmen Bustos González; ilícitos perpetrados el 18 de septiembre de 1973 en el sector de Colipeumo, de la comuna de Paine.

El abogado Nelson Caucoto, querellante en representación de las familias de las víctimas, destacó el carácter "histórico" del fallo, pues es la primera vez en que un civil cumplirá pena efectiva de cárcel en una causa de derechos humanos en Chile.

"Él era el jefe de los civiles que, al interior de Paine, se organizaron en torno a la comisaría de esa localidad para ejercer la represión", explicó.

El abogado de derechos humanos agregó que se trata de "un fallo que comienza a hacer justicia para Paine, que ha esperado más de 40 años para que se vengan a resolver con esta tardanza estos casos, que son tan graves".

En el aspecto civil, la Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 2.210 millones de pesos a los familiares de las víctimas, tras acoger el recurso de casación e incluir a nueve hermanos y a la conviviente de uno de ellos.

Los hechos

En la investigación que determinó la condena la ministra Cifuentes estableció que, a petición del capitán de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza, jefe de la Subcomisaría de Paine, "varios civiles, dueños de tierras y/o vehículos menores y de carga comenzaron a colaborar activamente con el transporte de personal y de detenidos, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine".

"El día 17 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, cuatro miembros del asentamiento 'Paula Jaraquemada' de Paine, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres, a instancias del presidente del citado asentamiento, Carlos del Carmen Pacheco Cornejo, se presentaron en la Subcomisaría de Carabineros la misma comuna, quedando detenidos en dicho recinto. Ese día también concurrió a dicha unidad policial Alejandro del Carmen Bustos González, quedando igualmente privado de libertad", consta en el fallo (ver archivo adjunto).

En las horas siguientes los funcionarios de la unidad policial "interrogaron y golpearon a los referidos detenidos", y al día siguiente, en la madrugada, "fueron sacados de la Subcomisaría de Paine, subidos a un vehículo y trasladados hacia el sector de Colipeumo".

"La comitiva que trasladó a los detenidos estaba conformada por varios vehículos, ocupados por personal de Carabineros y por civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, todos al mando del sargento Manuel Antonio Reyes Álvarez, ex jefe del Retén Hospital. (...) Una vez en el sector de Collipeumo, los detenidos fueron bajados del vehículo en que se les transportaba, obligados a alzar los brazos y fusilados, por orden de Reyes Álvarez, ejecutada tanto por funcionarios de carabineros como por civiles", se detalla.

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