Diputada pide suspender a Petro como presidente de Colombia: gobierno la desautoriza
Mientras indaga su presunta participación en la campaña electoral, Gloria Arizabaleta "ordenó" que el mandatario no ejerza en el cargo hasta que se cierren las urnas del balotaje.
Sin embargo, el ministro del Interior, Armando Benedetti, aclaró que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara no tiene facultad para aplicar tal medida.
Según la Constitución, la comisión que preside la diputada debe acusar al mandatario ante el Senado si su investigación tiene mérito para sancionarlo, y solo esa corporación puede suspenderlo.
La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles la "suspensión provisional" del presidente colombiano, Gustavo Petro, mientras lo indaga por su presunta participación en la campaña electoral.
La militante del Pacto Histórico -el mismo partido de Petro- ordenó "suspender provisionalmente del ejercicio del cargo" al mandatario hasta el próximo 21 de junio a las 16:00 hora local (17:00 en Chile), cuando se cierran las urnas de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.
Arizabaleta argumentó su decisión en que puede ordenar la suspensión provisional del mandatario "siempre y cuando se evidencien serios elementos de juicio que permitan establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio público posibilita la interferencia del autor de la falla en el trámite de la investigación".
De concretarse esta medida, inédita en el país, Petro -quien está de visita en Nueva York, donde hoy intervendrá en el Consejo de Seguridad de la ONU- sería el primer presidente de Colombia en ser suspendido del cargo, una potestad que solo tiene el Senado y no la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara.
Petro ha sido denunciado varias veces por presunta participación en política durante la campaña presidencial, y ante aquellos antecedentes, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara abrió una investigación formal el 26 de mayo.
Arizabaleta señaló que decidió suspender al mandatario porque la intervención en política está tipificada "como falta gravísima" y "por la jerarquía del disciplinable y la trascendencia de la presunta falta", además de advertir "no procede recurso" contra esta orden.
El balotaje lo disputarán el abogado ultraderechista Abelardo de la Espriella, del movimiento Defensores de la Patria, quien el 31 de mayo fue el más votado en la primera vuelta, con 10,3 millones de votos (43,78%), y el senador Iván Cepeda, del Pacto Histórico, que obtuvo 9,7 millones (41%).
Interior remarca que solo el Senado puede suspender al presidente
Poco después, el ministro del Interior de Colombia, Armando Benedetti, aclaró que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes no tiene competencia para suspender del cargo a Petro.
"En derecho no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente", manifestó Benedetti en su cuenta de X.
El titular de Interior, que ha sido mano derecha de Petro durante su mandato, agregó: "Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante".
En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de…
— Armando Benedetti (@AABenedetti) June 10, 2026
Con Benedetti coincidió el expresidente del Senado y excandidato presidencial Roy Barreras, asegurando que la decisión anunciada hoy "no tiene ninguna validez jurídica".
"Como expresidente del Congreso en dos ocasiones ratifico ante los colombianos que la Comisión Legal de Acusaciones NO tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional y por tanto no tendrá efecto alguno!", manifestó Barreras, quien estuvo casado con Arizabaleta.
Según la Constitución, la citada Comisión, en caso de que su investigación encuentre mérito para sancionar al presidente, debe acusarlo ante el Senado, que es el que tiene la facultad de suspenderlo, por lo cual la medida de hoy carece de validez, según los juristas.
Miembro de la comisión descarta que exista una "orden" contra Petro
Asimismo, el congresista colombiano Alejandro Ocampo, miembro de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, aseguróque ese organismo no ha tomado la decisión de suspender al mandatario, como lo ordenó la presidenta de la instancia.
"Quiero informar a la opinión pública que no hay ninguna decisión tomada contra el presidente de la República, Gustavo Petro. Que no es cierto, como han dicho algunos medios, que la Comisión de Acusaciones ha suspendido al presidente Gustavo Petro", expresó Ocampo, también representante del Pacto Histórico.
En ese sentido, el congresista insistió que "el presidente Petro sigue en funciones" y que el auto no había sido presentado en la Secretaría de la Comisión de Investigación y Acusación para su estudio, por lo que "ni siquiera se tiene pensado discutirlo"
"Es un auto donde la persona que lo hizo lo tenía en su oficina o en su correo y ha llegado a los medios. Le pedimos a los medios en la opinión pública no alarmar sin necesidad la ciudadanía. El presidente Petro sigue en funciones, no hay ninguna suspensión, no se puede hacer de esta manera", remató Ocampo.