Ya es ley: Congreso despachó proyecto que frena el alza de los planes de las isapres en el 2020-2021

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

La Cámara Baja, en tercer trámite legislativo, aprobó y despachó la iniciativa por lo que las isapres no podrán reajustar tarifas en los años 2020 y 2021.

El texto, que en el curso de su tramitación fue patrocinada por el Gobierno, también le quitó de manera permanente a las entidades privadas la atribución de fijar reajustes de sus planes, y traspasó la facultad a la Superintendencia de Salud.

"Esto es una gran noticia para una cantidad importante de chilenas y chilenos", destacó el ministro de Salud, Enrique Paris.

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La Cámara Baja, en tercer trámite legislativo, aprobó y despachó a ley el proyecto que frena el alza de los planes de las isapres durante la pandemia, y que además le quitó esa facultad arbitraria de forma permanente.

La iniciativa parlamentaria, que fue patrocinada por el Ejecutivo a través de una indicación sustitutiva, quedó lista para su promulgación.

El proyecto define que los ajustes de precios de los planes de salud informados por las isapres en los años 2020 y 2021 "quedarán sin efecto", por lo que las instituciones privadas "no podrán aplicar estos reajustes".

"Esto es una gran noticia para una cantidad importante de chilenas y chilenos. Para el año 2022 el alza se hará solo en base un indicador que estará a cargo de la Superintendencia de Salud: un indicador que fijará el promedio del alza de las isapres", destacó el ministro de Salud, Enrique Paris.

"Las isapres solo podrán alzar sus planes si cumplen con todas las medidas de medicina preventiva, es decir, los planes de salud podrán ser aumentados solo si la isapre hace medicina preventiva, exámenes preventivos, controles preventivos de salud para sus afiliados", agregó. 

Con esta ley, las isapres no podrán aplicar las alzas postergadas en 2020, correspondientes al período 2020-201, debido a la pandemia, y que iban a comenzar a aplicar en los próximos meses. 

En tanto, en marzo, tras los llamamientos del Ejecutivo, la entidades privadas habían decidido no realizar reajustes para el período 2021-2022.

ISAPRES YA NO TENDRÁN FACULTAD DE FIJAR ALZAS

Gracias a esta iniciativa, la Superintendencia de Salud deberá dictar todas las normas y medidas que sean necesarias para el fiel cumplimiento de lo establecido.

La iniciativa tenía como foco el congelamiento del alza de precios de los planes de las isapres en el contexto de la pandemia, pero en el Senado -en segundo trámite-, con el patrocinio del Gobierno, se estableció un conjunto de normas que modifican el sistema de fijación de precios en forma permanente, eliminando esa facultad a las isapres y trasladando el proceso a la Superintendencia.

El regulador, anualmente, fijará un indicador máximo para las Instituciones de Salud Previsional que apliquen una variación del precio. Para ello, calculará los índices de variación de los costos de las prestaciones de salud, frecuencia de uso y variación del costo en subsidios por licencias médicas, entre otros factores.

Se considerará como período de referencia del indicador los meses de enero a diciembre de al menos los dos años anteriores a la publicación del mismo. La autoridad competente dará a conocer este indicador los primeros diez días del mes de marzo de cada año y las isapres tendrán 15 días de plazo para informar su decisión de aumentar o no el precio base de los planes.

En caso de aumento, las isapres deberán aplicar el porcentaje de ajuste a todos sus planes de salud, el cual no podrá ser superior al indicador calculado por la Superintendencia.

En el evento de que el indicador sea negativo, las isapres no podrán subir el precio.

Los nuevos precios entrarán en vigencia a partir del mes de junio cada año, con algunas excepciones específicas (por ejemplo, que los planes tengan menos de un año de vigencia).

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