Rechazan recurso de protección de egresado de Derecho tras ser eliminado de grupo de Facebook

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones de Rancagua determinó que no se afectan los derechos constitucionales en el caso.

Rechazan recurso de protección de egresado de Derecho tras ser eliminado de grupo de Facebook
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La Corte de Apelaciones de Rancagua, rechazó el recurso de protección presentado por un egresado de Derecho, quien recurrió a la justicia tras ser eliminado del grupo de Facebook "Hijos no matrimoniales de Bello".

En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada, rechazó el recurso presentado, tras establecer que el actuar de los administradores del grupo no afecta los derechos constitucionales alegados.

Mediante el recurso, el afectado, Samuel Ortiz y su defensa apuntaron que no contó con un debido proceso, ya que no le formularon cargos, ni le entregaron los motivos de la decisión, además de no contar con una etapa de descargos, ni ser notificado de la expulsión del grupo.

"Ni le permitieron reclamar, impugnar o recurrir de dicha decisión, que se tomó y ejecutó en la misma forma que se procedió contra muchas víctimas de la Caravana de la Muerte en 1973", apuntó la defensa de Ortiz en el escrito.

Según se estableció, el recurrente "no ha recibido un trato discriminatorio de parte de los administradores del grupo, ni infundado, sin que tampoco se le prive de la posibilidad de manifestar sus expresiones por otras vías, ni la de asociarse, considerando por lo demás, que el grupo del cual fue excluido tiene el carácter de privado en la red social en cuestión, todo lo cual justifica rechazar el presente recurso".

"En cuanto a la pretensión del recurrente de que tal determinación se hubiese adoptado mediante un debido proceso, en el que tuviera la posibilidad de hacer sus descargos y presentar pruebas, ésta claramente parece excesiva atendida la ausencia de formalidad y reglamentación para incorporarse a un grupo cerrado de Facebook", se determinó en la decisión del tribunal de alzada.

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua indicó que en un grupo cerrado se basa en la aceptación de normas de mínimas de convivencia, las cuales de ser infringidas, pueden ser causa para que los administradores puedan tomar medidas respecto a la situación.

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