El partido de Evo Morales pide anular las normas que impiden su reelección

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

La constitución boliviana, promulgada por el mismo Morales en 2009, sólo permite dos mandatos consecutivos.

Según parlamentarios oficialistas, esto atenta contra los derechos políticos del mandatario.

El partido de Evo Morales pide anular las normas que impiden su reelección
 EFE (Archivo)

A pesar del referéndum que le impidió repostularse a la presidencia en 2016, Morales planea ser candidato en las elecciones del 2019.

Llévatelo:

Legisladores del gobernante Movimiento al Socialismo (MAS) pidieron este lunes al Tribunal Constitucional declarar como inaplicables o ilegales varios artículos de la Constitución y de la ley de Régimen Electoral que impiden al presidente del país, Evo Morales, buscar la reelección en 2019.

El jefe de los Diputados del MAS, David Ramos, y el presidente de la Comisión de Justicia del Senado, el oficialista Milton Barón, explicaron a los medios que la demanda es una "acción abstracta de inconstitucionalidad" contra los artículos 52, 64, 65, 71 y 72 de la ley del Régimen Electoral porque, a su juicio, afectan los derechos políticos del presidente.

Ramos argumentó que los artículos cuestionados atentan contra el artículo 26 de la Constitución que establece que todos los ciudadanos tienen el derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político.

Asimismo, la acción presentada pide que se declaren inaplicables los artículos 156, 168, 285 y 288 de la Constitución, que establecen limitaciones para la reelección no solo del presidente sino de otras autoridades como gobernadores, alcaldes y concejales y legisladores.

Ésta se trata de la primera iniciativa concreta asumida por el partido de Morales para conseguir su habilitación como candidato a los comicios previstos en 2019, a pesar de que un referendo popular ya vetó ese intento en febrero de 2016.

La Constitución, que el gobernante promulgó en 2009, establece solo dos mandatos consecutivos.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter