Justicia ambiental acogió a trámite la demanda del CDE por el socavón de Tierra Amarilla

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

La acción legal está dirigida contra la empresa Lundin Minig y su filial Compañía Minera Ojos del Salado.

"A fin de aumentar sus márgenes de ganancia, fueron más allá de lo autorizado y terminaron generando un daño ambiental irreparable", sostiene.

Justicia ambiental acogió a trámite la demanda del CDE por el socavón de Tierra Amarilla

El Primer Tribunal Ambiental, donde fue presentada la causa, solicitó antecedentes a la Superintendencia del Medio Ambiente, Sernageomin, la Dirección General de Aguas y el Ministerio de Minería.

Llévatelo:

El Primer Tribunal Ambiental informó este jueves que admitió a trámite la demanda que presentó el Consejo de Defensa del Estado contra las empresas Minera Ojos del Salado y Lundin Mining a propósito del socavón que en julio de 2022 apareció en la comuna de Tierra Amarilla (Provincia de Copiapó, Región de Atacama).

El Tribunal -asentado en Antofagasta, y que tramita causas de justicia ambiental desde las regiones de Arica a Coquimbo- indicó que "ofició a diversos servicios públicos para que, en un plazo de tres días, entreguen información que se estima necesaria para evaluar la pertinencia de medida cautelar solicitada por el CDE".

Éstos son la Superintendencia del Medio Ambiente, el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), la Dirección General de Aguas y el Ministerio de Minería, a objeto de que "den cuenta de las medidas decretadas, procesos de fiscalización, entre otros" antecedentes.

El Consejo solicitó que se decrete la suspensión temporal y provisional de las faenas en la Mina Alcaparrosa -ubicada a 20 kilómetros de Copiapó- mientras dure el juicio, y que "sólo se permita la ejecución de otras medidas cautelares que ha ordenado la Superintendencia del Medio Ambiente y otros órganos con competencia ambiental".

SOBREEXPLOTACIÓN Y DAÑO A ACUÍFERO DEL RÍO COPIAPÓ

La acción judicial se funda en el daño ambiental producido al acuífero del Río Copiapó por la sobreexplotación del mineral, que redundó en la aparición del socavón de 36 metros de diámetro.

"Las acciones de MINOSAL (Minera Ojos del Salado) se ejecutaron a sabiendas de que se trataba de faenas no evaluadas ambientalmente ubicadas en un sector sensible hidrogeológicamente, siendo causa directa del colapso de la base del acuífero y la modificación de la estructura hidrogeológica del mismo", planteó el CDE en su demanda.

Para el Consejo, hubo una evidente negligencia de las empresas, "que a fin de aumentar sus márgenes de ganancia, fueron más allá de lo autorizado ambientalmente en la faena minera y terminaron generando el daño ambiental irreparable".

La Compañía Minera Ojos del Salado es filial de Lundin Minig, titular legal de Minera Alcaparrosa, que junto a las minas Candelaria Norte y Santos forman parte del Distrito Minero Candelaria.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter