Así puedes recibir tu devolución de impuestos el 20 de abril

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Este sábado inició el periodo de Declaración de Renta 2023, que tiene como fecha tope el 10 de mayo.

El SII informó que si se realiza la declaración hasta el 8 de abril, vía transferencia electrónica, se podrá recibir la devolución en esta fecha adelantada.

Así puedes recibir tu devolución de impuestos el 20 de abril
 ATON (referencial)

Este año, el Servicio de Impuestos Internos espera recibir más de 4,5 millones de Declaraciones de Renta.

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El periodo de Declaración de Renta 2023 inició este sábado con una importante novedad: quienes realicen el proceso hasta el próximo 8 de abril, recibirán su devolución de impuestos el 20 de este mes.

Se trata de un plazo más breve que en años anteriores y que rige para quienes opten por transferencia electrónica.

Según informó el Servicio de Impuestos Internos (SII), desde el 28 de marzo está disponible en su sitio web la propuesta de Declaración de Renta que construyó para más de 3,6 millones de contribuyentes (personas y empresas), para que puedan revisarla, verificar que la información es correcta y, si es así, aceptar y enviar el formulario.

Este año, el SII espera recibir más de 4,5 millones de Declaraciones de Renta, de las cuales, el 34,4 por ciento corresponde a empresas (1.550.000). En tanto, de más 3,6 millones de propuestas de Declaración que ofrecerá el Servicio, 2,4 millones corresponden a personas y más de 1,2 millones a empresas, las que contarán con una propuesta total o parcial.

En cuanto a las fechas claves, se informó que el proceso inició este 1 de abril y terminará el 10 de mayo, mismas fechas que las devoluciones asociadas a excedentes por Préstamos Solidarios 2020-2021.

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MEDIDAS DE ASISTENCIA Y FACILITACIÓN

Para facilitar este proceso para los contribuyentes, se han implementado una serie de medidas que buscan hacer más simple la Declaración de Renta para personas, empresas e intermediarios.

Entre estas medidas está la implementación de más de 120 puntos de atención presencial a lo largo del país, para resolver las dudas y apoyar en su declaración a los contribuyentes. En esta atención presencial, el SII cuenta con el apoyo de diversas entidades públicas y privadas, como municipalidades, centros comerciales, universidades y centros de formación técnica.

Además, el Servicio triplicará también su dotación para reforzar la atención remota que entregará durante este periodo a través de la mesa de ayuda telefónica y el contacto web. En paralelo, está realizando charlas y ofreciendo e-learning con las principales novedades y características de esta Operación Renta.

Mientras que, a través de su sitio web, el SII puso a disposición de empresas y personas un nuevo Asistente de Enajenación de Acciones, que los apoyará, con una guía paso a paso, para cumplir con la declaración de estos ingresos.

Esto, porque la Ley N°21.420 estableció un nuevo Impuesto Único para las enajenaciones de los instrumentos con presencia bursátil, a partir del 2 de septiembre de 2022.

CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO

Otra novedad de este año es que el SII contará con una nueva fuente de información, dado que está vigente la obligación para que instituciones bancarias y financieras entreguen a la institución antecedentes sobre saldos y abonos en cuentas bancarias desde 1.500 Unidades de Fomento, a través de la Declaración Jurada 1955.

En materia de cumplimiento tributario, el foco definido para este proceso de Renta es la revisión y análisis de los contribuyentes obligados a declarar, que no cumplen con esta responsabilidad.

De esta forma, se pondrá especial atención en la declaración de la justificación de inversiones, altos patrimonios, reliquidación del Impuesto Único de Segunda Categoría, arriendos de bienes raíces y enajenación de bienes raíces con utilidad sobre las 8.000 UF.

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