Pinochet conocía y pudo impedir acciones de la DINA, según fallo
Este miércoles se dio a conocer la resolución de la Corte de Apelaciones en que se aprobó el desafuero del ex dictador, y que determina su responsabilidad en los operativos de la DINA.
Este miércoles se dio a conocer la resolución de la Corte de Apelaciones en que se aprobó el desafuero del ex dictador, y que determina su responsabilidad en los operativos de la DINA.
El fallo adoptado por la Corte de Apelaciones de Santiago en mayo pasado y dado a conocer recién este miércoles señala que el ex comandante en jefe del Ejército Augusto Pinochet estaba en pleno conocimiento de las actividades represivas que realizó la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en la llamada "Operación Cóndor".
El ex senador vitalicio, según el extenso fallo -56 páginas- "estuvo en situación de impedir, atendida su investidura" el secuestro y desaparición de Jorge Isaac Fuentes Alarcón, Juan Hernández Zaspe, Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, Manuel Tamayo Martínez, Edgardo Enríquez Espinoza, Alexei Vladimir Jaccard Siegler, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Julio del Tránsito Valladares Caroca, Víctor Oliva Troncoso, Jean Claudet Fernández, Luis Enrique Elgueta, Ricardo Ramírez Herrera, Héctor Velásquez, Ruiter Correa, Hernán Soto Gálvez, José Luis de la Maza Asquet, Cristina Magdalena Carreño Araya, José Alejandro Campos Cifuentes y Luis Quinchavil Suárez.
El texto cita las declaraciones de Manuel Contreras, en las que sostuvo que "en su calidad de Director Ejecutivo de DINA, sólo recibía órdenes que debía cumplir con la institución de parte del Presidente de la República".
El general en retiro afirmó que "tuvo la misión de extirpar y el de eliminar el extremismo marxista", "cumpliendo al pie de la letra las órdenes que se me impartieron directamente por el Presidente de la República, de quien dependía".
"El Presidente sabía exactamente lo que hacía o no la Dirección de Inteligencia Nacional y su delegado y Director Ejecutivo", ya que "no se mandaba solo y que cualquier misión a cumplir tendría que haber venido, como siempre vino, del Presidente de la República".
Contreras añadió que se reunía en forma diaria con Augusto Pinochet, a quien informaba del acontecer nacional y de inteligencia.
Según el documento legal, la DINA "pretendía descubrir y poner en conocimiento de las autoridades correspondientes las actividades o acciones que pudieran afectar al Gobierno de la época y los intereses que este estimaba relevante con el objeto de adoptar las resoluciones que impidieren concretarlas, especialmente aquéllas que fueren evaluadas como posibles sucesos desestabilizadores".
El fallo, que fue aprobado por 14 votos contra nueve, determina que la DINA, al igual que el Ejército, pertenecía a una estructura militarizada en que el jefe directo dispone y ordena, por lo que existen las presunciones para "formar causa" contra Pinochet por su responsabilidad en la operación coordinada de las dictaduras latinoamericanas para eliminar a sus opositores.
Los votos en contra de Rubén Ballesteros, Alfredo Pfeiffer, Cornelio Villarroel, Juan Muñoz, Juan Fuentes, Lamberto Cisternas y Raúl Rocha, y señoras Gloria Ana Chevesich y Rosa Maggi, se basaron en su sobreseimiento en 2002 del caso "Caravana de la muerte".
A partir de ahora, la defensa de Pinochet tiene cinco días de plazo para presentar un recurso ante la Corte Suprema para anular el fallo del tribunal de alzada.
Anteriormente el mismo tribunal y la Corte Suprema habían rechazado el desafuero por el asesinato del ex comandante en jefe del Ejército Carlos Prats y su esposa, y por el caso "Calle Conferencia".
La resolución de la Corte de Apelaciones también detalla el origen de la operación de inteligencia que reunió a las dictaduras latinoamericanas, llamada "Cóndor".
"Debido a que las organizaciones a las que se pretendía reprimir, mantenían estrechos contactos con otras ubicadas fuera del país, se crea un organismo no institucional que unía a las policías secretas de Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay, Bolivia, Brasil, Ecuador y Perú, con la finalidad de identificar a todos aquellos sujetos que eran de una u otra manera considerados peligrosos por las policías secretas de tales países", indica el fallo.
"Es así -agrega el documento- como se reúnen en Santiago de Chile entre el 25 de noviembre y el 1 de diciembre de 1975 los directores de tales servicios o sus delegados, dando inicio a lo que se denomina "Operación Cóndor", que en su primera fase tenía por objetivo el intercambio de información, lo que fue denominado como "almacén de datos" y que funcionaba en Santiago de Chile, por la que se pretendía un intercambio de información sobre organizaciones subversivas e identificación de extremistas y personas contrarias a los regímenes militares dentro y fuera de cada uno de los países".
"Posteriormente se pasó a una segunda fase, consistente en el seguimiento de los dirigentes, militantes o participantes que se habían refugiado en otros países. Finalmente, la tercera fase fue la de secuestrar y/o eliminar físicamente a las personas consideradas como enemigos, intercambiando detenidos y obteniendo información de ellos por medio de la tortura".
En cuanto al estado de salud de Pinochet, que lo libró de los posibles desafueros que debió enfrentar con anterioridad, el fallo de los ministros de la Corte de Apelaciones determina que será el juez que lleva la causa, Juan Guzmán, el responsable de "ponderarlo".
De acuerdo al fallo, ahora se debe dar paso "al procedimiento racional, en el que, en igualdad de partes, pueda defenderse ante quienes, al menos en principio, fundadamente, lo vienen imputando, sin que sea pertinente ocuparse en esta sede de lo relativo a la posible ineptitud mental del aforado, aspecto que debe ser ponderado y resuelto por el juez de la causa (Guzmán), contando con todos los elementos de juicio necesarios y posibilitando a las partes ejercer los derechos destinados a revisar las decisiones que en esa materia se adopte y, por ser éste un elemento ajeno o externo al trámite del desafuero".
Según los fallos anteriores del mismo tribunal de alzada y de la Corte Suprema, Pinochet estaba incapacitado de enfrentar la Justicia debido a una "demencia subcortical".
El fallo, detalla, además, las circunstancias en que desaparecieron cada uno de los afectados en la causa.