La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la empresa Autopista del Maipo a pagar una indemnización de 600 millones de pesos a los familiares de la mujer que falleció luego que el auto en que viajaba recibió una pedrada.
En un fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada, integrada por Juan Manuel Muñoz, María Kittsteiner y Ana María Hernández, ratificó la resolución de primera instancia que dispuso el pago al núcleo familiar de la mujer.
Andrea Urrejola falleció el 9 de marzo de 2012, tras ser impactada por un peñasco de dos kilos de peso, lanzado desde una pasarela peatonal, a la altura del kilómetro 97 de la autopista, en las cercanías de Requinoa.
En la sentencia se estableció la responsabilidad de la empresa concesionaria por actuar negligente al no mantener condiciones de seguridad en la vía.
"No estamos frente a una responsabilidad objetiva, sino como se dijo a un actuar negligente en la mantención de una ruta concesionada, negligencia que produjo el trágico accidente que nos ocupa, más aún si luego de producido éste, se procedió a tomar medidas de seguridad que antes no existían, no siendo excusa válida que si el MOP no las exige, ellos no tienen obligación de tomarlas", se indica en el texto.
"Tal argumento puede servir para los efectos que no hayan existido barreras, pero no puede ser válido para no mantener la vía y sus atraviesos libres de proyectiles que puedan ser lanzados a los vehículos que la transitan, más si se asevera que se hacen inspecciones constantes y diarias de la ruta", plantearon.
En la sentencia se detalla que la concesionaria debe pagar 100 millones de pesos a Héctor Olea, cónyuge de la víctima; 100 millones a cada uno de los cuatro hijos de Urrejola; 50 millones a Eduardo Urrejola, padre de la víctima; y 50 millones a María del Pilar Montenegro, madre de la víctima.