Carabinero en retiro fue condenado a 16 años por ejecuciones en 1973
Rubén Barría Igor recibió la pena en su calidad de autor del secuestro y homicidio de seis personas de la comuna de Puente Alto, ultimados en el Puente Bulnes.
Rubén Barría Igor recibió la pena en su calidad de autor del secuestro y homicidio de seis personas de la comuna de Puente Alto, ultimados en el Puente Bulnes.
La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 16 años de cárcel al carabinero en retiro Rubén Barría Igor, acusado de secuestrar y dar muerte a seis personas, entre ellos dos menores de edad, detenidos el 12 de octubre de 1973 en Puente Alto.
La pena causó satisfacción entre los familiares de las víctimas y, principalmente, a Luis González Plaza, el único sobreviviente del hecho y quien tenía 19 años al momento de los hechos.
Con su fallo sobre Barría, la corte dejó nulo el sobreseimiento de la causa dictado en 2003 por el ahora fiscal Daniel Calvo, quien determinó que el caso estaba prescrito.
Además, la corte ordenó indemnizar al sobreviviente con 75 millones de pesos y también a los familiares de las otras víctimas, con 300 millones, según explicó el abogado querellante, Alberto Espinoza.
"Sentimos una gran satisfacción por este fallo, ha sido una larga espera, pero finalmente ha concluido de manera exitosa, se satisface plenamente las demandas de los familiares y, por qué no decirlo también, de los organismos de derechos humanos que hemos estado en esta tarea en forma permanente", señaló el jurista.
"Creo que tiene, además, el potencial jurídico de que acoge simultáneamente tres aspectos que me parece que son relevantes: el aspecto penal revoca y condena al responsable por homicidio calificado ( ) condena al Estado al pago de indemnizaciones civiles y condena al Fisco también al pago de indemnización respecto de un sobreviviente ", agregó el jurista.
El abogado también hizo un llamado a la Presidenta Michelle Bachelet, para que pida al Consejo de Defensa del Estado (CDE) que presente ningún recurso contra la sentencia, a fin de ejecutar la pena de manera efectiva y se proceda al pago de las indemnizaciones.
Los hechos ocurrieron el 13 de octubre de 1973, cuando efectivos de Carabineros detuvieron a los menores Leonidas Díaz y Jaime Bastías; a los adultos Alfredo Moreno, Luis Rodríguez, Luis Alberto Verdejo, Luis Suazo y Luis González, al interior de una quinta de recreo de la comuna de Puente Alto.
Luego, fueron trasladados a la 20ª Comisaría de Puente Alto y después a la 4ª Comisaría de Santiago, siendo conducidos de madrugada al puente Bulnes, donde fueron ejecutados, sobreviviendo sólo González Plaza, según relató.
"Cuando nos empezó a disparar Carabineros, el niño menor, que tenía 16 años, se abrazó a mí y caímos juntos al río, él recibió casi más impactos que yo, entonces él me dejó con vida a mí. Lo único que sé es que caí con el, después Carabineros bajó a rematar compañeros que se movía, y a mí me dieron vuelta con el pie, pensaron que estaba muerto. Gracias a Dios, no moví ni un músculo", relató el hombre.
El fallo dictado este viernes por la corte puede ser apelado tanto por la defensa del condenado como también por el CDE, en caso de considerar excesivas o innecesarias las indemnizaciones. (Cooperativa.cl)