Ley contra narcotráfico: Diputada Ossandón deplora que receta médica permita el cultivo de cannabis

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Autor: Cooperativa.cl

La parlamentaria RN, que impugnó -sin éxito- la disposición ante el TC, cree que dota de "una salida a las mismas organizaciones criminales".

La nueva ley, que mejora la persecución y apunta a la ruta del dinero, fue promulgada este martes por el Presidente Gabriel Boric.

Ley contra narcotráfico: Diputada Ossandón deplora que receta médica permita el cultivo de cannabis
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El Presidente Gabriel Boric promulgó este martes la Ley Antinarcotráfico, despachada por el Congreso a mediados de marzo pasado, que modifica diversos cuerpos legales para mejorar la persecución del crimen organizado, regular el destino de bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social.

Una de las novedades es que la legislación entrega mayores facultades de fiscalización a la Policía de Investigaciones y Carabineros, respecto de las personas que están o deben estar inscritas en el registro de precursores y sustancias químicas.

Apuntando a cortar la ruta del dinero, también amplía el catálogo de las empresas obligadas a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero: el objetivo es fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, desde un aspecto económico, dado que permitirá identificar en nuevos rubros actividades destinadas a ocultar el origen ilícito de los bienes.

La ley, además, permitirá el cultivo de cannabis con fines medicinales, siempre que exista una receta médica.

"Se entenderá justificado el cultivo de especies vegetales del género cannabis para la atención de un tratamiento de salud, con la presentación de la receta extendida para ese efecto por un médico cirujano tratante, la que deberá indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración, además de la forma de administración del cannabis, la que no podrá ser mediante combustión. Será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo quien falsifique o maliciosamente haga uso de recetas falsas para justificar el cultivo de especies vegetales del género cannabis. Si se acreditare que dicha conducta tiene por objeto la comercialización de la droga o su facilitación a un tercero, la pena aumentará en un grado", establece.

Una disposición que causó controversia durante la tramitación de la ley en el Congreso, y que motivó que un grupo de diputados de la oposición, encabezados por la RN Ximena Ossandón, la impugnaran ante el Tribunal Constitución, sin éxito pues el requerimiento fue rechazado.

Hoy, tras la promulgación, la legisladora volvió a deplorar esa norma específica: "Por un lado, queríamos facilitar la tarea de fiscalización y combate contra el narcotráfico, y por otro lado el mismo proyecto les da una salida a las mismas organizaciones criminales, incitándolos a coludirse y que cada vez que tengan una fiscalización van a sacar una receta médica que va a dejar de manos atadas a la Fiscalía".

En el oficialismo, la diputada Ana María Gazmuri, reconocida por su trayectoria como activista por el uso del cannabis medicinal, defendió el artículo.

"Resulta que, dice el TC, que el tipo penal no alcanza a aquellos que cultiven cannabis para la atención de un tratamiento médico, lo cual se agrega a quienes tengan autorización del Servicio Agrícola y Ganadero para realizar dicho cultivo, norma que se encuentra en el mismo artículo 8, relacionado con el artículo 9 de la ley 20.000, y a quien cultiva cannabis para su uso y consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo en bajas cantidades", explicó.

MAYORES SANCIONES CONTRA QUIENES USEN A MENORES

La nueva ley sanciona a quien administre a terceros, sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo. Además, castiga a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica.

También establece que, si algún delito relacionado a las drogas se comete valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos.

Por otro lado, el Presidente Boric dijo en la promulgación que el Gobierno está pensando en habilitar "una cárcel especial para los grandes narcotraficantes, para que no exista contagio criminal", medida similar a la que propuso el fiscal nacional, Ángel Valencia, para los líderes de las bandas del crimen organizado.

"Las cárceles no pueden ser fuentes delictuales", sentenció el Mandatario durante la ceremonia que se llevó a cabo en Viña del Mar.

NECESIDAD DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

En paralelo, el director ejecutivo de la Fundación Paz Ciudadana, Daniel Johnson, apuntó a la necesidad de avanzar en la creación del Ministerio de Seguridad Pública para combatir con una mejor base el crimen organizado.

"El Ejecutivo tiene muy poca capacidad hoy para poder ser un coordinador efectivo de estas instituciones, también tiene muy poca capacidad para poder distinguir siquiera cuál es el problema que queremos resolver, y menos aún cuáles son las medidas que podrían resolver de mejor forma el problema que estamos viendo", sostuvo.

"Si no diagnosticamos, no vamos a poder nunca implementar una medida correcta, y si no evaluamos esa medida nunca vamos a poder tener la certeza de si está siendo efectiva, si tenemos que profundizarla o derogarla y cambiarla. Esa es la capacidad que tenemos que montar en Chile, y el Ministerio de Seguridad lo miramos con muy buenos ojos, es la oportunidad de montarla", expuso.

El proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública, y separa esa labor del actual Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permanece desde septiembre del 2021 en su primer trámite constitucional en el Senado.

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