Un año y medio de cárcel para delincuente que golpeó con un palo a su pareja

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Autor: Cooperativa.cl

Claudio Jilmar Araya Vergara ya tenía, previamente, una condena por violencia intrafamiliar.

La Justicia determinó que su historial obliga a encerrarlo para evitar que cometa "nuevos ilícitos".

Un año y medio de cárcel para delincuente que golpeó con un palo a su pareja
 Morguefile (Referencial)

Araya Vergara fue sentenciado por desacato y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a un año y medio de cárcel efectiva a un agresor reiterado de su pareja.

Claudio Jilmar Araya Vergara fue sentenciado a dos penas efectivas, de 541 días y 71 días de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de desacato y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, respectivamente.

En un fallo unánime, el tribunal dio por acreditado que a las 07:00 de la mañana del 26 de mayo de 2018, el sujeto, "que a esa fecha mantenía vigente la medida accesoria consistente en la prohibición de acercarse a su conviviente, concurrió al domicilio de ella, ubicado en la comuna de La Serena, golpeándola con un palo en diversas partes del cuerpo".

"La víctima resultó con lesiones en ambas piernas y contusiones en dorso de ambas manos de carácter leve", consigna el fallo, que aplicó al maltratador la pena accesoria especial (contemplada en la Ley N° 20.066 sobre violencia intrafamiliar), de "prohibición absoluta de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo, estudio, vía pública o en donde ella se encuentre por el lapso de un año".

INCORREGIBLE

Los jueces coincidieron en que Araya Vergara no cumple los requisitos para acceder a una pena alternativa al presidio, atendida su "conducta anterior, específicamente las anteriores situaciones de violencia denunciada".

Al delincuente ya se le había condenado "por lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, y la dinámica de los hechos por los cuales se le condenó anteriormente, así como en los que motivan este juicio, impiden presumir que la reclusión parcial lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos, por lo que las penas que se impondrán en lo resolutivo deberán cumplirse de manera efectiva", señala el fallo (ver archivo adjunto).

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