Suprema entregó derechos de agua a comunidades indígenas en el norte
Tribunal rechazó un recurso de casación presentado por Agua Mineral Chusmiza.
Los indígenas aimaras de Chusmiza y Usmagama son los beneficiados.
Tribunal rechazó un recurso de casación presentado por Agua Mineral Chusmiza.
Los indígenas aimaras de Chusmiza y Usmagama son los beneficiados.
La Corte Suprema reconoció a las comunidades indígenas aimaras de Chusmiza y Usmagama el derecho de aprovechamiento de las aguas en la llamada vertiente Chusmiza, en la Región de Tarapacá.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal -integrada por Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado Luis Bates- rechazó los recursos de casación presentados por la sociedad Agua Mineral Chusmiza, contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Iquique, que ya había beneficiado a las citadas comunidades, con un caudal de nueve litros por segundo.
En su resolución, la Suprema reconoce que los indígenas tienen "derechos ancestrales de aprovechamiento de aguas" sobre ese caudal, refrendados además en la Ley Indígena y el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
"Así, no ofrece duda que el reconocimiento de derechos que el artículo 64 hace a favor de las comunidades Aimaras y Atacameñas, no se refiere sólo a las aguas ubicadas en inmuebles inscritos de propiedad de la comunidad, sino también a las aguas que, no obstante estar situadas en predios inscritos a favor de terceros, abastezcan a la colectividad indígena, pues lo que esta norma busca proteger es, esencialmente, el abastecimiento de agua para dichas comunidades indígenas, lo que sólo se logra con la aplicación de la regla en estudio, en la forma en que ha sido entendida por los jueces del grado, lo que esta corte comparte", sentencia el fallo.