Poder Judicial tendrá "trámite fácil" para retener el 10% de la AFP de deudores de pensión de alimentos

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Autor: Cooperativa.cl

Las solicitudes para este proceso "deberán realizarse en la causa de Familia vigente, esto es, donde se está tramitando su cumplimiento”, explicó la institución.

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El Poder Judicial anunció este domingo la creación de un "trámite fácil" para que a los padres que adeuden la pensión alimenticia se les retenga el 10 por ciento del retiro de los fondos de las AFP, una vez que entre en vigencia la ley.

Así, mediante un comunicado, la institución explicó que "las solicitudes de liquidación por pensiones adeudadas para efectos de retención del 10% de la AFP, deberán realizarse en la causa de Familia vigente, esto es, donde se está tramitando su cumplimiento".

Añade que "el cumplimiento de pensiones reguladas por mediación se tramita en causa Z ordenada abrir al efecto. La revisión de la tramitación de sus causas, para asegurar sobre cual se debe solicitar la liquidación, lo puede hacer en la Oficina Judicial Virtual, sección Mis Causas, pestaña de Familia".

Respecto a la falta de mayor información, concluye que "se dispondrá de un trámite fácil una vez que entre en vigencia la ley".

El gerente general de las AFP, Fernando Larraín, anunció este domingo que el proceso para retirar el 10 por ciento desde los fondos de pensiones se iniciará el próximo jueves y todo el trámite será vía internet.

Por esta razón el ejecutivo recordó que hay un año de plazo para realizar este trámite, además de confirmar que la primera etapa -por lo menos- se realizará en su total de manera de digital para evitar contagios de Covid-19 en la población.

Este jueves, desde la página web de cada AFP se podrá llenar el formulario y comenzar el proceso, para luego en un plazo de 10 días hábiles se podrá recibir el dinero en una cuenta corriente, cuenta de caja de compensación o vale vista. 

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