El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó por apremios ilegítimos, con remisión condicional de la pena, a dos miembros de la Policía de Investigaciones que, en abril de 2021, en Quilicura, persiguieron y dispararon sin justificación contra un automovilista.
En un fallo unánime, el tribunal sentenció a 300 días a Nicolás Esteban Ortega Castro, con suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autor del referido delito; y a 61 días a Carlos Christian Adolfo Arriagada Muñoz, en calidad de coautor de apremios.
Un tercer detective, Marcelo Orlando Dibarrat Fernández, también imputado por la Fiscalía, fue absuelto por "falta de acreditación" de los cargos.
Qué pasó
En el juicio el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 19:30 horas del 22 de abril de 2021, los señalados policías "se encontraban realizando labores propias de su función, en la comuna de Quilicura, a bordo de un vehículo Hyundai modelo Accent, sin logos o señales institucionales que permitieran identificarlos (...), por lo que impresionaba como vehículo particular".
En ese contexto, "sin causa o razón justificada", siguieron a un auto conducido por Sebastián Bernard Armijo, quien estaba acompañado por su hijo Claudio Bernard Martínez y por otro hombre, Francisco Salinas Herrera.
"Al advertir que eran seguidos y pensando que serían asaltados, (el afectado) aceleró la marcha dirigiéndose por calle Santa Luisa, a la altura de Lo Marcoleta, en donde intentó refugiarse en una caseta de seguridad municipal ubicada en el lugar", reseñó el Poder Judicial.
En la persecución, el policía Carlos Arriagada Muñoz realizó disparos injustificados hacia el vehículo particular, y al llegar a la caseta de seguridad, Nicolás Ortega Castro descendió premunido de un arma de fuego, y "abusando de su cargo, sin justificación razonable, de modo desproporcionado e infringiendo los reglamentos institucionales de uso de la fuerza y especialmente de armas de fuego, disparó injustificadamente en tres oportunidades hacia el vehículo de Sebastián Bernard Armijo, impactándolo".
En la determinación de penas, el tribunal decidió aplicarlas "diferenciadas", al estimar que la conducta de Arriagada "no fue tan grave en comparación con el otro coacusado", Ortega, quien incluso bajó del auto al hijo de Sebastián Bernard y le puso su pistola en la cabeza.
Esta maniobra fue considerada "especialmente grave e intensa, considerado la visible afectación que produjo en la víctima".
"Irreprochable conducta anterior"
En cuanto a la aplicación de las sentencias, los jueces indicaron que "ambos sentenciados cumplen con los requisitos objetivos para otorgarles la remisión condicional de la pena, pena sustitutiva que se otorgará únicamente teniendo en cuenta la irreprochable conducta anterior de ambos acusados y el principio que favorece la reinserción social frente a penas privativas de libertad, que siempre deben imponerse como último recurso".
El INDH, que es querellante en esta causa, hizo notar que Nicolás Ortega se encuentra en prisión preventiva por otros hechos, pero el tribunal contestó que "ignora de qué se trata dicha causa, (...) por lo que no resulta un argumento suficiente como para no concederle pena sustitutiva por los presentes hechos".