Ya se puede pedir el pago de pensiones adeudadas con cargo a fondos previsionales

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Autor: Cooperativa.cl

El Poder Judicial habilitó una plataforma web para que los "papitos corazón" respondan con el dinero ahorrado en las AFP.

Ya se puede pedir el pago de pensiones adeudadas con cargo a fondos previsionales
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Desde este jueves 20 de julio, el Poder Judicial habilitó el servicio web "Trámite fácil", para que representantes de niños, niñas y adolescentes tengan una forma expedita de solicitar el pago de deudas de pensiones de alimentos, mediante el retiro de recursos de los fondos de pensiones del alimentante.

La plataforma es parte de la implementación de la ley 21.484, sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, vigente desde mayo pasado.

Requisitos para solicitar el cobro de pensiones

  • La solicitud para cobrar las deudas de pensiones con cargo a los fondos de AFP obligatorios debe hacerse ante el tribunal mediante Trámite Fácil, atención de público o con la asesoría de un abogado
  • Para lo anterior debe existir una liquidación ejecutoriada de la deuda, que acredite tres pensiones impagas -continuas o discontinuas- desde el 20 de mayo de 2023 en adelante
  • Para acoger la solicitud, necesariamente debe haber terminado la etapa anterior, correspondiente a la investigación de activos bancarios y de instrumentos de inversión, por lo que la parte demandante debe cerciorarse en la tramitación de su causa que el tribunal haya informado los resultados de la búsqueda
  • Si tras la investigación de activos bancarios y de instrumentos de inversión se establece que el patrimonio del deudor es insuficiente para pagar la totalidad de la deuda de alimentos, entonces surge la posibilidad de obtener su pago extraordinario a través de los fondos de pensiones de éste
  • La determinación de cuánto dinero de los fondos de pensión pueden ser utilizados para el pago se encuentra regulada en la ley de la siguiente manera: si la parte demandada se encuentra a 15 años o menos de jubilar no podrá exceder el 50% de los montos; si se encuentra a más de 15 años y menos de 30 años de jubilar no podrá exceder el 80%; y si está a más de 30 años de jubilar se podrá ocupar hasta el 90% de los dineros

Registro de deudores: 120 mil causas activas

El Poder Judicial informó además que al 20 de julio, los Juzgados de Familia del país han enviado 128.161 causas al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, de las cuales 120.613 se encuentran activas y 7.548 han sido pagadas y retiradas del sistema.

A nivel de montos, se mantiene una deuda de $102.690.191.177.

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