Estallido social: Más de seis años de cárcel para carabinero condenado por homicidio frustrado y detención ilegal

Publicado:
| Periodista Digital: Kike Mursell S.

Hugo Navarro también fue condenado por falsificación de instrumento público al inventar la causa de detención de la víctima.

Al ex uniformado se le abonaron 708 días a las penas privativas de libertad.

Estallido social: Más de seis años de cárcel para carabinero condenado por homicidio frustrado y detención ilegal
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Hechos por los que fue condenado el ex uniformado ocurrieron en plena vía pública.

Llévatelo:

El Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle condenó a más de seis años de cárcel efectiva a un ex capitán de Carabineros quien fue declarado culpable de los delitos de homicidio frustrado, detención ilegal y falsificación de instrumento público en hechos ocurridos el 19 de octubre de 2019, en las protestas del estallido social.

El ex uniformado Hugo Navarro fue condenado en este segundo juicio luego de que la Corte de Apelaciones de La Serena anulara el primer proceso en el que lo condenó por apremios ilegítimos, lesiones graves y detención ilegal.

Hoy, la justicia condenó a Navarro a seis años de cárcel en calidad de autor por homicidio frustrado, 541 días de presidio como autor del delito de falsificación de instrumento público y 61 días de reclusión por su responsabilidad, en calidad de autor, en el delito consumado de detención ilegal.

El ex carabinero además fue absuelto de apremios ilegítimos y obstrucción a la investigación.

El fiscal jefe de Ovalle, Carlos Jiménez, detalló que esta vez "logramos acreditar la culpabilidad de Hugo Navarro como autor de los ilícitos de homicidio simple en grado de frustrado, detención ilegal y falsificación de instrumento público. Estas penas deberá cumplirlas en forma efectiva".

Tarcila Piña, directora regional del INDH, manifestó su conformidad con la pena, "toda vez que se ha condenado por el delito que ha calificado en la querella el propio Instituto Nacional de Derechos Humanos; esto es homicidio frustrado con dolo eventual".

"Por otro lado, a diferencia del primer juicio oral, el condenado no tiene acceso a penas sustitutivas y, como decía, deberá cumplir las penas de manera efectiva al interior de un recinto penitenciario. Estimamos que este resultado, a pesar del transcurso del tiempo, la pena es más proporcional que en el primer juicio oral frente a las graves afectaciones que sufrió la víctima", precisó.

Al dar a conocer la parte resolutiva de la sentencia, la magistrada Lilian Tapia explicó que Hugo Navarro fue absuelto del delito "apremios ilegítimos previsto en el artículo 150-D del Código Penal, en concurso ideal con el delito de lesiones graves”.

La magistrada del Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle, confirmó que en este caso no son procedentes penas sustitutivas de libertad y explicó que "respecto al cumplimiento de las penas privativas de libertad, el sentenciado tiene 708 días de abono".

Los hechos ocurrieron en las primeras horas de la revuelta social.

La justicia acreditó que el ex carabinero forecejeó, redujo e inmovilizó a una persona que "habría desafiado su autoridad".

Tras aquello, percutó un disparo a corta distancia con su arma de fuego personal en contra de la víctima, hiriéndolo en la zona inguino-pélvica. Tras lo cual, el afectado cayó al piso; fue aprehendido y trasladado por a lo menos tres funcionarios de Carabineros, quienes lo arrastraron al interior de la Tercera Comisaría de Ovalle.

La Fiscalía también acusó que el mismo día 19 de octubre, el entonces capitán ordenó a un sargento segundo confeccionar un parte policial que da cuenta a la Fiscalía de la detención del joven por un delito de maltrato de obra a Carabineros, lo que era falso.

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