Comisión de la Convención realizó cambios a las Asambleas Regionales y ya no serán legislativas

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Las ex Asambleas Legislativas Regionales podrán tener potestades "normativas, resolutivas y fiscalizadoras".

En tanto, la Comisión de Derechos Fundamentales rechazó el artículo sobre el derecho a la restitución de las tierras de los pueblos ancestrales.

Comisión de la Convención realizó cambios a las Asambleas Regionales y ya no serán legislativas
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La Comisión de Formas de Estado aprobó este viernes una serie de cambios para las ahora ex Asambleas Legislativas Regionales, entre las que destacan que tendrán otro nombre y que ya no serán de carácter legislativo.

Este cambio se debió a que la norma presentada fue rechazada por el Pleno tras no alcanzar los votos requeridos, teniendo que ser sustituida por un texto que lograra mayor apoyo para su aprobación final.

Con este cambio, las nombradas Asambleas Regionales tendrán potestades "normativas, resolutivas y fiscalizadoras".

"La dinámica de los acuerdos y los dos tercios de la Convención Constitucional, implica que uno llega con una postura y tiene que ceder necesariamente. Para nosotros el ideal era que esta Asamblea quedara con potestad legislativa, pero hemos tenido que retroceder un poco tratando de buscar grandes acuerdos", señaló uno de los co-coordinadores de esta comisión, el convencional Claudio Gómez (PS).

En esta línea, afirmó que tras la discusión "le hemos eliminado -a priori- la potestad legislativa y solamente se denominará Asamblea Regionales", aunque advirtió que "existe la instancia, de acuerdo a sus atribuciones, que la Asamblea va a poder solicitarle al Consejo Territorial que se dicte una ley de materia de relación territorial".

Esta es una de las normas que discute la Comisión de Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal.

COMISIÓN RECHAZÓ NORMAS SOBRE MECANISMOS DE RECLAMACIÓN DE TIERRAS

Por otra parte, la Comisión de Derechos Fundamentales rechazó todas las normas que definían el mecanismo de reclamación de tierras por parte de los pueblos originarios, entre ellas la que creaban la Comisión de Catastro o el Tribunal Especial de Tierras.

Pese a esto, el convencional mapuche Adolfo Millabur indicó que se entiende este rechazo a las normas que buscan darle viabilidad a esta reclamación de tierras, dado que es -aseguró- la Comisión de Justicia la que debe aprobarlas.

"Hoy está en debate los 2-3 artículos que tenían que ver con los mecanismo y nosotros entendemos de que hayan sido rechazados en esta comisión, porque esta comisión no puede crear mecanismo ni tampoco crear órganos, por lo tanto se tiene que ir a la número 6 de Justicia", puntualizó el constituyente.

Además, el ex alcalde de Tirúa aseguró que la propuesta busca "la creación de un tribunal, como lo han hecho en Nueva Zelanda y otros países, para resolver la controversia con el pueblo originario".

"Nosotros creemos que tiene que ser una comisión que catastre, identifique y logre dimensionar lo que está en cuestión y reclamandose. Y luego, donde no hay acuerdo, haya también un tribunal ad hoc para que resuelva el punto que esté en controversia", informó Millabur.

En tanto, en la misma Comisión se aprobó en particular el derecho a la vida, cuyo texto detalla que "toda persona tiene derecho a la vida. Ninguna persona podrá ser condenada a muerte ni ejecutada".

El texto no incluye alguna mención a que una ley protegerá la vida del que está por nacer, algo que sí está estipulado en la actual Constitución.

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