Hampón apodado "cabeza de tele" fue condenado a 14 años de cárcel por homicidio

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Autor: Cooperativa.cl

Octavio Flández Sánchez, de 38, asesinó a un hombre en situación de calle enterrándole un punzón en el pecho.

El crimen ocurrió el 1 de diciembre de 2019 en la Población Menzel de Valdivia y, según indica la sentencia, "nada se sabe" del motivo.

Hampón apodado
 ATON (Referencial)

"Cabeza de tele" fue acusado también por un incendio, pero la justicia lo absolvió por falta de pruebas.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a un hombre identificado como Octavio Andrés Flández Sánchez a 14 años de presidio, como autor de un homicidio perpetrado en la ciudad en diciembre de 2019.

En un fallo unánime, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que la mañana del 1 de diciembre de 2019, "Octavio Andrés Flández Sánchez, alias 'cabeza de tele', rondó las calles próximas a un sitio eriazo o cancha de la Población Menzel, ubicada a un costado de las calles Don Bosco y Diego de Almagro", y alrededor de las 10:00 horas se acercó a "una construcción ligera habilitada para el vivir de personas en situación de calle".

Allí, atacó le enterró un punzón en el pechoCarlos Andrés Treimún Angulo, "propinándole varias heridas cortantes y penetrantes que le causaron la muerte en el mismo lugar, tras unos minutos, (...) bajo el diagnóstico de shock hipovolémico secundario a herida penetrante cardiaca".

El juicio oral se efectuó la última semana de julio y, según explicó la fiscal María Consuelo Oliva, quien dirigió la investigación de esta causa y formuló la acusación, el arma homicida fue un punzón artesanal largo.

"NADIE SABE POR QUÉ LO MATÓ"

El fallo consigna que, al concurrir Carabineros al sitio del suceso, recibió "como primer dato de autoría del hecho la indicación de un sujeto apodado 'cabeza de tele'". Asimismo, consta que "nada se sabe de por qué Flández Sánchez mató a Carlos Treimún, quien, dicho sea de paso, cursaba un estado de ebriedad" (ver archivo adjunto).

La Fiscalía acusó también a Octavio Flández Sánchez de un delito de incendio cometido ese mismo 1 de diciembre, pasadas las 11:15 horas, pero el tribunal lo absolvió debido a que "estimó que no se había logrado acreditar su participación en estos hechos", explicó la fiscal Oliva.

En los "hechos reprochados en la acusación relativos a la imputación del delito de incendio que consumió el interior de la casa de René Henríquez, alias 'Manquehue' la prueba no resulta de la consistencia que supone la demanda del estándar de la duda razonable", afirma la resolución.

Además de los 14 años de cárcel, el tribunal aplicó también a Flández las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

También ordenó la toma de muestras biológicas para la incorporación de su huella genética al Registro Nacional de ADN de Condenados.

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